Jueves 19 de junio de 2003

Si no se registran, los vendedores ambulantes no podrán trabajar

ROCA (AR).- No habrá excusas para los vendedores ambulantes de Roca. Una reciente ordenanza aprobada por el Concejo Deliberante los obliga a inscribirse en un registro municipal para poder continuar ofertando productos en la vía pública.

De aplicarse correctamente, el marco regulatorio aprobado el martes por la noche modificará sustancialmente un escenario que hoy está por demás desorganizado. Entre los principales cambios aparece la obligación de pagar una tasa para poder desarrollar la actividad sin inconvenientes y someterse a periódicos controles de la Dirección de Bromatología cuando el rubro elegido es el gastronómico.

Otra de las normativas a respetar para los que trabajan con vehículos autopropulsados es que no tendrán autorización para detenerse en un punto estratégico del radio céntrico a promocionar sus artículos. El artículo 3 de la ordenanza establece que dentro del radio comprendido por las calles San Juan, 25 de mayo, Mendoza y Villegas la tarea deberá ser como el nombre lo indica, es decir "ambulante".

Especial tratamiento tendrán aquellos que lleguen a Roca desde otras ciudades para eventos o fiestas, ya que deberán afrontar una tasa diferencial, más cara que la impuesta a los emprendedores locales. También habrá diferenciaciones entre aquellos que desarrollen venta ambulante permanente o transitoria.

En este sentido, los domiciliados en Roca que todos los días recorren las calles para ganarse el pan deberán afrontar una tasa mensual equivalente al 30 % del salario básico de la categoría 16 del escalafón municipal. Esto significa el 30 % de 171,41 pesos.

Por su parte, a los que se dedican transitoriamente a la venta ambulante se les impuso una tasa diaria equivalente al 3 % del mismo rango salarial.

En tanto, la publicidad en la vía pública de cualquier tipo de venta ambulante que utilice amplificación de sonido estará limitada a los horarios de 9 a 13 y de 17 a 20, tal cual lo estipula el artículo 14 de la norma.

La sanción de la ordenanza llegó a través del voto unánime de los bloques.

La regulación a la venta de productos alimenticios en la vía pública ocupa la parte mayoritaria del proyecto aprobado, hallándose entre los principales aspectos la imposición de que los vendedores deban contar con uniforme, distintivo que los acredite como comerciantes habilitados y libreta sanitaria.

 

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