Sábado 14 de junio de 2003
 

La Justicia obligó a estación de servicio a subsanar contaminación

 

En el fallo tuvieron un peso decisivo los estudios que demostraron la existencia de "un alto porcentaje de gases"

  NEUQUEN (AN).- La justicia le dio la razón al municipio: la estación de servicio BASES SA debe realizar trabajos de remediación ambiental para subsanar la contaminación provocada por filtraciones de combustible.
De la sentencia del juzgado civil número cinco se desprende que el comercio ubicado en la esquina de Mitre y Chubut debe ceñirse a la ley municipal.
La estación de servicio se encuentra clausurada desde el 24 de mayo por orden del juez de Faltas Jorge López. En la decisión del funcionario tuvieron un peso decisorio las actas de infracción labradas desde 2001 y los estudios técnicos demostrativos de la existencia de "un alto porcentaje de gases", generado por el combustible en las inmediaciones del local.
Para la justicia, el Tribunal de Faltas municipal obró de acuerdo a sus facultades y en el marco de la Carta Orgánica de la ciudad. Tuvo en cuenta también que los responsables de BASES SA recurrieron a ella con un recurso de amparo sin haber concluido la vía administrativa en el municipio.

Lo que dijo la empresa

En su defensa, la empresa alegó que la clausura municipal tuvo origen en un "supuesto erróneo" que es "la falta de los resultados definitivos del estudio de hermiticidad" que concluyó que el tanque número tres presentaba una falencia en el venteo del tanque. "De ninguna manera surge que existan deficiencias en la parte líquida", se defendieron para pedir el levantamiento de la clausura.
El municipio respondió con documentación demostrativa de que un tanque tiene pérdidas y "de los restantes no hay elementos de que cumplan con la reglamentación vigente en materia de hermeticidad".
"No puede concluirse que la medida adoptada por el juez no resulta razonable teniendo en cuenta el riesgo que existe para la población y sus bienes", dice.
El juzgado civil observó que el Tribunal de Faltas cumplió con todos los requisitos legales y que también consideró el descargo de la empresa.
La sentencia judicial alude al informe presentado por Silvia Gutiérrez, directora general de Calidad Ambiental. Una muestra de suelo y agua a 1.04 metros de profundidad y a 10 metros del sector tanques de la estación de servicio, dio como resultado la presencia de hidrocarburos de petróleo en el agua a razón de 9.700 mg-l siendo 30 mg-l el valor máximo admisible. La muestra de suelo dio otro valor alto, de 76.900 mg-kg.
Una medición de los gases efectuada el 25 de marzo de 2003 determinó la presencia de gas combustible en este sector, "que si bien baja, puede presentar riesgos de fuego o explosión en caso de mayor acumulación".
     
     
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