Lunes 2 de junio de 2003

  Regularización de tierras fiscales
 

Buscan evitar que a los humildes propietarios les paguen precios irrisorios.

  VIEDMA (AV).- Río Negro intentará regularizar la situación dominial de las tierras fiscales rurales mediante la entrega de títulos a personas, grupos o sociedades que figuren como ocupantes legítimos y sean acreedores de la adjudicación en venta de los predios.
Así lo impulsa un proyecto de ley enviado a la Legislatura que prevé el cobro de un gravoso plus en operaciones inmobiliarias que se les ofrezcan a humildes pobladores, sobre todos en bellos paisajes de la zona Andina.
Según fundamentos oficiales, la iniciativa permitirá acordar a los pobladores rurales la seguridad jurídica que garantice su estabilidad y promueva el trabajo y las inversiones económicas.
Uno de los artículos del proyecto propicia establecer que el gobierno provincial deberá efectivizar la entrega de los títulos de propiedad a todos los ocupantes de tierras fiscales que reúnan los requisitos exigidos por la Ley 279.

Ocupación de 15 años

Esa norma exige que no existan constancias administrativas o judiciales sobre denuncias que cuestionen la ocupación pacífica de la parcela a titularizar y, además, que la antigüedad de la ocupación no sea menor de quince años.
También se deberá contar con la mensura aprobada del predio y la ciudadanía argentina nativa o por opción por parte del ocupante.
Otro artículo aclara que cuando se trate de tierras fiscales ocupadas por comunidades indígenas, la Dirección General de Tierras y Colonización deberá dar intervención previa al Consejo de Desarrollo de las Comunidades Indígenas, cuyo dictamen será vinculante para la autoridad de aplicación de la ley.
En la nota de presentación del proyecto se consignó que la efectivización de la venta de las tierras deberá permitir concretar las operaciones de acuerdo con las condiciones, posibilidades de los pobladores y características de los predios.
Para ello, se deberá mantener los valores de venta actualmente vigentes, determinados sobre criterios que reflejan la capacidad productiva de los predios, en el marco de las posibilidades de inversión del poblador rural.
En cuanto a presuntas especulaciones inmobiliarias, el proyecto del Poder Ejecutivo establece en su artículo 6ยบ que se impondrá una "tasa sobre la primer venta", cuyo monto será equivalente el 30% de la valuación inmobiliaria del predio que deberá ser abonada por el vendedor al momento de la escrituración.
   
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