Miércoles 11 de junio de 2003

Mántaras presentó un recurso ante la Corte Suprema

El procurador general apeló ante la Corte la anulación del juicio contra el empresario barilochense Juan Gilio y S.B.M., madre de la chica de 12 años que habría sido corrompida.

 

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El empresario barilochense Juan Gilio sigue cumpliendo arresto domiciliario, ante la negativa de la Cámara de otorgarle la libertad.

SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- Tal como había adelantado este diario, el procurador General Hugo Mántaras presentó un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia, para manifestar su total desacuerdo con la resolución del Superior Tribunal de Justicia, que anuló la sentencia que condenó a 9 y 10 años de prisión al empresario Juan Gilio y a la prostituta S.B.M., por promoción de la corrupción de una menor de 12 años, hija de la segunda.

En su fallo, los jueces del STJ consideraron causal de invalidez la ausencia de deliberación de los camaristas luego del debate, al tiempo que entendieron que la reapertura y la abundancia de testigos y prueba solicitada había afectado los principios de imparcialidad y bilateralidad, e implicaban "una conculcación del debido proceso y el derecho a la defensa en juicio".

El recurso de Mántaras podría ser rechazado todavía por los jueces del STJ, pero de todos modos quedaría habilitada la vía de queja ante la Corte, que será en definitiva quien resuelva en esta controvertida causa.

En un dictamen que le demandó 12 fojas de argumentaciones, Mántaras ya había adelantado su respaldo a la sentencia y el rechazo a los recursos interpuestos por los abogados de ambos imputados, pero el STJ apenas consignó el dato concreto cuando resolvió anular la sentencia, basándose en discutidas cuestiones de derecho Ahora, Mántaras insistió con su postura ante la Corte, en su carácter de representante de la víctima y de la sociedad ofendida por el delito, y en respaldo de los argumentos que esgrimió el fiscal Enrique Sánchez Gavier, cuando sostuvo la acusación en su alegato.

La circunstancia no es menor, pues tendrá efectos inmediatos sobre las estrategias de los abogados de Gilio y S.B.M., dado que el "próximo y ágil juicio" que había previsto el tribunal alternativo de la Cámara Segunda del Crimen, estará supeditado a la confirmación o rechazo de la sentencia, que resuelva oportunamente la Corte.

Mientras tanto, los imputados condenados provisoriamente, continuarán con sus respectivos regímenes de detención, porque el tribunal acaba de denegarle la excarcelación.

La libertad de los imputados fue solicitada por los abogados de ambos una vez conocido el fallo del STJ, y luego que el tribunal de origen se conformara con los jueces Héctor Leguizamón Pondal, Alejandro Ramos Mejía y Edgardo Camperi.

Pero el juez Ramos Mejía descartó los argumentos que esgrimió la defensa de los imputados, y citó jurisprudencia para sostener su postura No obstante, dejó el camino abierto para un nuevo pedido de excarcelación, que podrían solicitar los interesados cuando los detenidos superen los dos años y medio de prisión preventiva sin sentencia firme.

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