Miércoles 4 de junio de 2003
Un condenado por el incendio en un juzgado

Los jueces consideraron que Segundo Manrique fue el instigador del incendio del juzgado de Chos Malal y lo condenaron a cinco años y medio. Absolvieron a otros tres imputados.

 

56_____1_p35_cort_smp
Sólo uno de los cuatro imputados fue procesado, ya que los jueces consideraron que para los absueltos no había pruebas suficientes.
CHOS MALAL (ACHM).- La Cámara de Apelaciones de Zapala condenó a Segundo Isidro Manrique a 5 años y 6 meses de prisión, como instigador del incendio intencional del Juzgado Penal de Chos Malal, ocurrido el 19 de agosto del 2001.

Manrique fue el único condenado en la causa, ya que Ariel Antonio De la Vega, Gustavo Ramón Araya y Gastón Bautista Cifuentes fueron absueltos porque no existe certeza de que hayan estado en el lugar de los hechos, y porque los rastros que fueron encontrados en el lugar se ubicaron después de que se realizaron las diligencias preliminares sin que el sitio hubiese sido resguardado.

En el fallo, los jueces Oscar Rodeiro, Enrique Modina y Víctor Martínez decidieron condenar a Manrique como autor material y responsable de instigación al delito de daño agravado en concurso real con destrucción de documento público.

El cambio de calificación legal obedeció a que el fiscal de Cámara no estuvo de acuerdo con la calificación de su par de primera instancia "ya que el incendio requiere de un peligro común que no fue probado".

Para la justicia se encuentra probado que Manrique "fue quien instigó a los autores del incendio ofreciéndoles como retribución un automóvil Fiat Uno".

"Quedaron plenamente probados los sucesivos ofrecimientos de Manrique para obtener su propósito, la desaparición del expediente judicial en el que estaba involucrado y que lo mantenía privado de su libertad", destacó la sentencia.

Isidro Manrique se encontraba detenido en Chos Malal por el robo a las oficinas de Telefónica de Argentina, hecho por el que fue condenado a 2 años de prisión, impuesta por el Juzgado Penal, que cumpliría el próximo 10 de julio.

Cuando el expediente se encontraba en plena etapa de investigación, Andrés Castillo -el único prófugo de la causa- concurrió al juzgado el día hábil anterior al incendio para obtener fotocopias de ese expediente y "sabía que allí estaba porque el legajo había sido devuelto a última hora del viernes 17 y que el empleado lo había dejado en la mesa de entradas".

Fue precisamente en este lugar donde se centró la actividad de los incendiarios. Las pericias posibilitaron determinar que el foco principal fue en la mesa de entradas.

Castillo había llegado a Cho Malal para visitar a Manrique y no sólo fue quien realizó el trámite para obtener las fotocopias del expediente por el robo a la telefónica, sino que además, el hierro empleado para forzar la puerta del juzgado proviene del portón del inquilinato en el que se hospedaba y que también ocupara hasta el momento de su detención el propio Manrique.

Los camaristas sostuvieron que el "interés de Manrique, recurrentemente puesto de manifiesto, prueba su convencimiento en que la desaparición física del expediente mejoraría su situación procesal".

Pero agregan además que "no podemos afirmar que no haya sido así porque desconocemos qué dato o datos desaparecieron de modo irrecuperable, además su negativa de proporcionar las fotocopias obtenidas".

El juez Víctor Martínez se inclinó por la absolución de Cifuentes, Araya y de la Vega "aun cuando en el fuero íntimo no abrigo dudas, que alguno de ellos sino los tres fueron quienes junto al prófugo Castillo, provocaron el incendio.

Copyright Río Negro Online - All rights reserved
Tapa || Economía | Políticas | Regionales | Sociedad | Deportes | Cultura || Todos los títulos | Breves ||
Ediciones anteriores | Editorial | Artículos | Cartas de lectores || El tiempo | Clasificados | Turismo | Mapa del sitio
Escríbanos || Patagonia Jurásica | Cocina | Guía del ocio | Informática | El Económico | Educación