Lunes 19 de mayo de 2003 | ||
Gramos, kilos o litros ¿qué dice la norma? El artículo 2 de la resolución 55/2002 de la Secretaría de la Competencia, la Desregulación y la Defensa del Consumidor dice, textualmente: ... "Se entenderá por "precio de venta por unidad de medida", al precio final que efectivamente debiera pagar el consumidor por un (1) kilogramo (kg), un (l) litro (l o L), un (1) metro (m), un (1) metro cuadrado (m2) o un (1) metro cúbico (m3) del producto o una sola unidad de la magnitud que se utilice en forma generalizada y habitual en la comercialización de productos específicos. En el caso de presentaciones cuyo contenido no supere los doscientos cincuenta (250) gramos (g) o mililitros (ml), la referencia al precio por unidad de medida deberá hacerse a los (cien) 100 gramos (g) o mililitros (ml)."
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