Viernes 23 de mayo de 2003 | |||
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Piden seis años y medio de prisión para Rita Traballoni | ||
Por la quiebra de Galme solicitan cinco años, que se unifican con otra condena de la Justicia Federal. |
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Para Carlos Salvi, hijo de la empresaria y exvicepresidente de Galme, pidió tres años de prisión efectiva por considerarlo que fue la pieza que posibilitó los créditos para la quebrada empresa. El fiscal de Cámara Juan Ramón Peralta pidió además para el tercer imputado en esta causa, Aníbal Ralli, excontador de la firma, una condena de cuatro años de prisión por los mismos motivos que los anteriores, agravado por su condición de profesional contable. Al igual que con Traballoni reclamó que se le unifique en cinco años de prisión la pena que se dicte con la condena ordenada por la Justicia Federal en Roca. Para el fiscal, en el accionar de los imputados "hubo una intencionalidad clara para desapropiar esos fondos de la contabilidad de la empresa y para dismi- nuir el patrimonio". Sostuvo que este perjuicio no sólo afectó a la empresa sino a toda la comunidad sanantoniense que en gran parte dependía de Galme Pesquera. "La imputada tuvo todas las posibilidades de desarrollarse, pero optó por este camino", dijo. Por su parte Mario Cáccamo, el abogado de los tres imputados, pidió la absolución de sus defendidos fundamentando que no existió una quiebra fraudulenta sino que Galme "tiene créditos a cobrar" en referencia a la deuda de Arpemar y Promasa que "no pagaron por haber quebrado" tanto como las otras firmas extranjeras que aún les deben y "cuyos saldos están acreditados". La inocencia de Salvi Sobre la participación de sus defendidos en estas acciones, Cáccamo dijo que a Salvi, quien en ese momento estudiaba en Buenos Aires, no le cupo ninguna. "La mera firma de un acta de directorio no tiene virtualidad operativa para realizar nada", enfatizó. Respecto de Ralli sostuvo que surgió que estaba totalmente dedicado a la tarea de registrar los elementos que le proporcionaban "pero también desentendido del aspecto operativo". Sobre Rita Traballoni dijo que fue la que "llevó adelante las acciones que no entran en la calificación penal" y en virtud de la anulación que se produjo de su primera declaración indagatoria y teniéndose como válida la prestada en diciembre del `97 interpuso la prescripción de la misma, en el marco de lo dispuesto por la reciente resolución del STJ. Reiteró que "existe una deuda motivada en que no pudieron cobrarse estas acreencias de empresas del exterior por lo tanto tampoco se rindieron las divisas", descartando como prueba el informe del BCRA. En su extenso alegato el abogado atacó el informe del síndico Carlos Lauronce, sobre quien sostuvo que "no supo fundamentar ninguna de sus afirmaciones, contrariamente a lo que hacen otros profesionales". La sentencia será leída el 17 de junio a las 12. |
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