Jueves 29 de mayo de 2003 | ||
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Modifican el Código para combatir los secuestros | |
Dan más atribuciones a los jueces y fiscales. | ||
BUENOS AIRES- El Congreso avanzó anoche en la sanción del paquete de leyes para combatir y prevenir los secuestros extorsivos, con la sanción del proyecto para ampliar las facultades de los fiscales en el Senado y de las reformas al Código Penal, en tanto que Diputados lo aprobó en general. El motor de este nuevo impulso fue el vicepresidente y titular de la Cámara de Senadores, Daniel Scioli, quien después de un extenso período en el que el Congreso evitó abordarlas -en sólo 72 horas de asumir el poder- puso en mar-cha las sesiones para una ley tan requerida por el electorado como la de seguridad y renovó el staff administrativo. La intención es dotar a la justicia y al Ministerio Público de herramientas más ágiles para enfrentar un delito que ha crecido en forma exponencial en la Argentina en los últimos dos años. El ministro de Justicia, Gustavo Béliz, pidió por estos proyectos en un encuentro que mantuvo el lunes con el presidente provisional del Senado, José Luis Gioja, y el jefe del bloque justicialista, Miguel Angel Pichetto. Diputados aprobó en general un proyecto que agrava las penas para establecer la reclusión perpetua cuando el delito es cometido a personas indefensas y crea el instituto de la figura del arrepentido. Sobre el arrepentido, el proyecto fija que la "pena del que participe que, desvinculándose de los otros, se esforzare de modo que la víctima recupere la libertad, sin que tal resultado fuese la consecuencia del pago del precio de la libertad, se reducirá de un tercio a la mitad". Además, el proyecto propone aumentar penas- es decir que podrá aplicar hasta 25 años de cárcel- cuando los secuestros tengan como víctima a una embarazada, a un menor de 18 años, un mayor de 70 años o una persona discapacitada, enferma o que no puede valerse por si misma. También los jueces podrán disponer una prisión de 25 años si el hecho se cometiere en la persona de un ascendiente, de un hermano, del cónyuge, o de otro individuo a quien se deba respeto particular, si se causa a la víctima lesiones graves o gravísimas y si el delito es producido por un empleado público o pertenezca o haya estado en alguna fuerza de seguridad. En cambio, la pena será de prisión o reclusión perpetua si se causare intencionalmente la muerte de una persona secuestrada. La iniciativa aprobada en el Senado permite a jueces y fiscales "actuar en a-jena jurisdicción territorial" cuando hay riesgo de vida para la persona secuestrada, y ordenar allanamientos. Otorga a los fiscales facultades con las que ahora no cuentan, como poder tomar declaraciones indagatoria cuando hay sospecha respecto del imputado, realizar allanamientos y disponer la intervención de líneas telefónicas. También le permite estar a cargo de todo el procedimiento judicial, aunque siempre informando al juez correspondiente y sujeto a la posibilidad de que después se declare nulo a lo actuado. El proyecto también agiliza los plazos procesales del sumario y de los preliminares al juicio. La iniciativa surgió de la Comisión de Notables que Duhalde confió a León Arslanian para analizar la problemática de los secuestros, y de la cual participó el ex fiscal y actual secretario de Seguridad Interior, Norberto Quantín, entre otros especialistas en la materia. Aunque la norma fue aprobada por clara mayoría, hubo cuestionamientos muy duros, como los de los justicialistas Jorge Yoma y Angel Pardo. La frepasista Diana Conti y los justicialistas Eduardo Menem y Miguel Angel Pichetto se enrolaron entre los defensores de la norma. (DyN/Télam) El Senado cambió el impuesto a los combustibles |
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