Jueves 22 de mayo de 2003 | ||
La Corporación Norpatagónica | ||
Por Héctor Pérez Morando |
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El tema no lo encontramos en las publicaciones aparecidas en los últimos años en la región -salvo las periodísticas- y con algo más de cuarenta años pareciera estar pidiendo lugar en la historia patagónica. Lo resucitamos porque nos parece que en su momento produjo un sacudón en algunos niveles humanos atentos e interesados en el desarrollo total del sur argentino. Esta vez la mirada no fue hacia Europa y sí a Estados Unidos como para copiar -o imitar- un modelo exitoso. Pero se copió o imitó mal. En 1933, durante el gobierno de Franklin Delano Roosevelt se creó la después famosa Tennessee Valley Authority Act, que en buen castellano equivale a Autoridad del Valle del Tennessee, más conocida por la sigla TVA. El organismo tuvo nacimiento en el Congreso de Estados Unidos, dependía del presidente de la Nación, accionaba como entidad privada, con muy pocos directivos -David Lilienthal primer presidente-, pero sin apartarse de los ojos vigilantes del gobierno y por supuesto encuadrada en disposiciones que debían respetarse. Así, aquella región norteamericana logró sostenido y ponderable desarrollo. Sintéticamente recordamos algunos aspectos relacionados con la creación de la Corporación Norpatagónica. Durante el gobierno no constitucional de Pedro Eugenio Aramburu, la Dirección General de Fabricaciones Militares puso proa en la explotación del hierro del yacimiento Sierra Grande (Río Negro), cuya magnitud pocos años antes había ponderado Novillo, su descubridor nato. Pero los potenciales recursos naturales de la norpatagonia iban también de la mano de la salina El Gualicho para su aprovechamiento industrial y en igual sentido la cal de Aguada Cecilio, los yacimientos de tungsteno y manganeso rionegrinos, caliza de Las Chapas y alunita de Camarones. El fenomenal espectro -industrial especialmente- llegaba además a la producción de hierro y acero localmente, (acería) aluminio (está produciendo), fertilizantes, carbón en Río Turbio y "energía hidroeléctrica barata y abundante". Y este inventario -no completo- necesitaría nuevos ramales ferroviarios, puertos (tres están funcionando muy bien), caminos, transporte de energía y electrificación rural, aeropuertos, frigoríficos para varios destinos, etc. Mano de obra de todo tipo y nuevas radicaciones humanas de magnitud. Lana ovina transformada en prendas de abrigo. Aguas del Negro, Limay y Neuquén domadas para producir energía casi gratuita por aquí, primero, y luego transportar y vender el sobrante. Algunos millones de hectáreas con riego sistematizado y controladas en gran parte las grandes crecidas. Producción pecuaria, agraria y frutícola sobresalientes, forestación y turismo con otras postales mostrando desarrollo ordenado y sin manchas ecológicas. Indirectamente todas esas posibilidades -y por supuesto otras- tuvieron paquete único como proyectos inmediatos y con ese propósito nació la Corporación Norpatagónica. Neuquén capital fue su cuna y tuvo fecha de nacimiento: 17 de diciembre de 1957. Un regalo para Navidad. Se llamó "Tratado Interestadual de Creación de la Corporación Norpatagónica". Casi sin anuncios previos, pero los primeros actores fueron la citada Dirección General de Fabricaciones Militares "en representación del Poder Ejecutivo Nacional -base de la idea- y las provincias del Neuquén, Río Negro y Chubut, gobernadas entonces por Ricardo Hermelo, Carlos Santiago Ramos Mexía y Raúl E. Sidders, respectivamente y representando al organismo militar nacional el gral. de brigada José Luis Buscaglia. Los cuarenta y siete artículos de aquel tratado pasaron a constituirse en algo así como estatuto y con paso rápido se convirtieron en decreto-ley Nº 512 del 17/1/1958, que en lo pertinente decía: "El Presidente Provisional de la Nación Argentina en Ejercicio del Poder Legislativo decreta con fuerza de ley: Artículo 1º-Ratifícase el "Tratado Interestadual de Creación de la Corporación Norpatagónica" celebrado en la Ciudad de Neuquén el día 17 de diciembre de 1957, entre los Gobiernos de la Nación y de las Provincias de Chubut, Neuquén y Río Negro y la Dirección General de Fabricaciones Militares". Por el siguiente artículo se le otorgó "personería jurídica de derecho público y reconócese como persona jurídica de derecho privado… cuyo estatuto lo constituye el texto del referido Tratado". El art. 3º establecía que "Las estipulaciones del Tratado… son ley de la Nación, y por tanto deróganse todas las disposiciones que se les opongan" y el 4º la exceptuaba "de las reservas dispuestas por el Decreto Nº 9.098 del 5 de agosto de 1957" (sic.). Firmaron Aramburu, el vice Rojas y los ministros Alconada Aramburu, Majó, Hartung, Landaburu, Krieger Vasena y Cueto Rúa. Debe tenerse en cuenta que pocos meses después, a partir del 1º de mayo de 1958 asumirían las nuevas autoridades electas, nacionales, provinciales y municipales más diputados y senadores nacionales y provinciales, encabezadas por el desarrollista Dr. Arturo Frondizi como presidente de la Nación. Y los primeros gobernadores patagónicos constitucionales: Río Negro, Dr. Edgardo S. N. Castello; Neuquén, Angel Edelman y Chubut, Jorge J. Galina. Las nuevas provincias patagónicas dejaban atrás los gobiernos territorianos manejados desde el puerto porteño, salvo algunas representaciones legislativas. Leyes, decretos y otras normas legales comenzaban a tener numeración propia y los pueblos patagónicos por medio de sus representantes comunales, provinciales y nacionales a expresarse con trabajo y sentido local, sin arbitrarias exclusiones. Las provincializaciones de aquellos territorios por fin habían ingresado al mapa nacional. Pero la "Corporación Patagónica" por medio de su "Tratado" había barrido con límites provinciales, derechos y acciones de las tres nuevas provincias norpatagónicas. La reacción contraria a los supremos poderes que se otorgó la Corporación fue inmediata y las flamantes legislaturas de las tres provincias por medio de destacados integrantes, más los representantes en el Congreso de la Nación y el periodismo regional, dieron muerte legal al intento corporativo patagónico. Las voces en contrario que se alzaron no dejaron de valorar los propósitos de la Corporación, pero fueron contundentes contra la hegemonía supra-provincial que pretendía. En próximas notas comentaremos el articulado del "Tratado" y la actuación que tuvieron representantes legislativos provinciales y nacionales en la derogación del citado decreto-ley. (Próximamente, la segunda parte) |
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