Miércoles 14 de mayo de 2003 | |||
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Río Negro tiene su ley de Mecenazgo | ||
La flamante ley de "Fomento de la actividad privada en actividades culturales" permitirá obtener fondos que permitan financiar sus iniciativas a los artistas e instituciones culturales. Los proyectos deberán ser declarados de interés cultural y tendrán que ser aprobados por un Consejo de Mecenazgo. |
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La Legislatura rionegrina aprobó días atrás en segunda vuelta el proyecto del diputado barilochense Iván Lazzeri, que propone la creación de un instrumento que incentiva la financiación de proyectos y actividades culturales por parte de aportes privados, mediante incentivos fiscales. Como toda norma legislativa, la enunciación de sus objetivos se verá reflejada en la realidad mediante la consecución de una reglamentación acorde con su espíritu, y con la ajustada aplicación por parte del Poder Ejecutivo. La ley establece que personas físicas o jurídicas pueden realizar aportes -en dinero o recursos- "para la generación, conservación, enriquecimiento y difusión de bienes y servicios culturales", que luego pueden deducirse en hasta un 10 por ciento de la alícuota correspondiente del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. De esta manera se financiarán distintos proyectos que serán seleccionados y fiscalizados por el Consejo Provincial del Mecenazgo -un ente a crear para tal fin-, que según la letra tendrá una prioritaria y mayoritaria participación de los actores culturales de la provincia, distribuidos en forma geográfica equitativa. La norma establece que podrán acceder a estos beneficios tanto autores de obras culturales -en un sentido amplio y que queda sujeto al arbitrio de la autoridad de aplicación-, como asociaciones, fundaciones, cooperativas y entidades sin fines de lucro. Los artistas deberán residir en la provincia -los extranjeros deberán acreditar tres años de residencia- y mostrar aprobada idoneidad en su especialidad, mientras que las entidades deben tener en sus estatutos la precisa designación de consecución de objetivos culturales o artísticos. Como primer paso, el proyecto, plan o programa que quiera recibir los beneficios deberá obtener la calificación de Interés Cultural por parte de la Dirección General de Cultura, y luego el Consejo Provincial de Mecenazgo emitirá dictamen acerca de los proyectos que le sean puestos a consideración. Según la fundamentación de la ley se procura que los beneficios a favor de los creadores de la cultura, se otorguen en función de un proyecto y no a título personal o institucional "con el objeto de evitar el desvío de los fondos o la tentación de alusiones impositivas contrarias al espíritu de la norma propuesta". Así, se proyecta que los beneficiarios envíen su propuesta a la Dirección de Cultura, se la somete a una aprobación técnica y queda sujeta al dictamen del Consejo de Mecenazgo. Si pasa el examen, los creadores reciben un certificado de "calificación", con el que pueden a dirigirse al sector privado para requerir que se patrocine su proyecto. Por otro lado, la ley establece la figura de un Fondo Provincial Solidario para el fomento de la Cultura, que podrá conformarse con aportes de privados, del Poder Ejecutivo provincial y nacional y de organismos multilaterales de crédito, con el que el Consejo de Mecenazgo podría financiar directamente y por sí las propuestas que considere relevantes. A la espera de la reglamentación El proyecto del legislador Iván Lazzeri transitó durante dos años los vericuetos legislativos. Inspirada en el proyecto de Mecenazgo de Luis Brandoni y experiencias similares en Chile y Brasil, la ley provincial de "Fomento de la actividad privada en actividades culturales" finalmente fue aprobada. |
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