Sábado 29 de marzo de 2003
 

El expediente y el mundo

 

Por Jorge Gadano

  Es frecuente que se defina al poder de la prensa como "cuarto poder", situado después del Poder Judicial que, en el escalonamiento de nuestras constituciones, es el tercero. Ubican en el primer lugar al Legislativo y luego al Ejecutivo, aunque la realidad sea la inversa.
El "cuarto poder" es, en rigor de verdad, el poder de la opinión pública en un sistema democrático. Se suele decir que, cuando se excede, avanza sobre el espacio de la judicatura, con la pretensión de sustituirla, esto es, de juzgar y sentenciar antes de que lo hagan los jueces. Lo que no advierten quienes así piensan es que sólo la magistratura puede condenar o absolver. Un periodista no puede enviar a un ciudadano a la cárcel, o librarlo de ella. De modo que el "cuarto poder", si existe, es un poder moral, el poder de la verdad.
En un clásico de la literatura policial, "El Misterio del Cuarto Amarillo", de Gastón Leroux, el señor Marquet, juez de instrucción, manifiesta en cuanto empieza a actuar en el caso su aversión a la prensa. No bien su secretario, el señor Maleine, le advierte "con un discreto movimiento de cabeza" que hay periodistas presentes cuando están por tomar un tren que los llevará al lugar del crimen, el magistrado, "a media voz", le contesta: "Sobre todo, no quiero periodistas".
En el capítulo subtitulado "La narración del escribano forense", el señor Maleine explica su ojeriza a todo cuanto huela a prensa cuando el protagonista de la novela, el joven periodista Joseph Rouletabille, pide que le permitan asistir a una reunión. Dice Maleine: "No me gustan los periodistas. Son mentes liantes y enjundiosas, de las que hay que huir como de la peste. Esta clase de gente se cree que todo está permitido y no respeta nada. Cuando tiene uno la desgracia de concederles cualquier cosa y dejarles que se acerquen, se siente enseguida desbordado por ellos, y no hay disgusto que no se deba temer". Y refiriéndose a Rouletabille agrega: "Este apenas aparentaba unos 20 años, pero la desfachatez con que se había atrevido a interrogarnos y a charlar con nosotros me lo habían hecho odioso. Además, tenía una forma de expresarse que testificaba que se burlaba escandalosamente de nosotros". Hasta aquí la novela, publicada en 1907.
Casi un siglo después, un juez de instrucción verdadero, Roberto Abelleira, opinó sobre el periodismo en términos parecidos a los del señor Maleine. Escribió, en el pronunciamiento que manda al archivo el caso de la cámara oculta, lo siguiente: "Considero que se debe desalentar y poner un límite a estos investigadores privados (particulares, periodistas de cualquier medio, ya sea escrito, radial o televisivo, o dueños de bufetes), que actuando de solapados "paparazzi" se inmiscuyen e invaden ámbitos privados, con total prescindencia de autorización judicial y noticia fiscal". Y concluye: "Demasiado ya tenemos con Organismos de Inteligencia Estatal". (¿?)
De una novela a la realidad, parece haber identidad de pareceres a lo largo de un siglo entre funcionarios y magistrados de Francia y Neuquén. Pero son sólo apariencias, porque Leroux es un periodista que deja al protagonista de su novela, Rouletabille, en el papel del triunfador que esclarece el caso. "Donde Joseph Rouletabille aparece en toda su gloria", fue el título que dio Leroux al capítulo XXVII de la novela.
De lo que no puede caber duda es de que los periodistas somos gente fastidiosa. Es lo menos que se puede pensar cuando se ve a los "movileros" de los medios acosando a personajes relacionados con algún suceso de interés público, sin distinguir entre los acusados de algún delito, el fiscal que acusa y el juez que debe juzgar. Pero tampoco hay que dejar de ver que, las más de las veces, quien quiere evitar a la prensa tiene cómo hacerlo. Y, por lo demás, es su derecho.
Pero, a la vez, los "Rouletabilles" de hoy tienen también sus derechos, amparados por las constituciones de la modernidad. Como lo establece el tantas veces citado artículo 14 de la Constitución Nacional, "todos los habitantes de la Nación" -no sólo los periodistas- tienen derecho a "publicar sus ideas por la prensa sin censura previa". Se supone que tales "ideas" pueden referirse a los delitos que abundan en nuestro tiempo. Se sabe, así lo dicen las encuestas, que la corrupción constituye una de las mayores preocupaciones de los argentinos, quienes por lo tanto reciben con marcado interés toda publicación que contenga el resultado de investigaciones dedicadas a esos ilícitos. Rodolfo Walsh publicó varias. O, en ocasiones, a conductas que, sin ser delitos, comprometen la ecuanimidad de los funcionarios públicos de los tres poderes.
El derecho a la información tiene, también, rango constitucional. En Neuquén, la Constitución se lo asigna en el artículo 20. Y no sólo ahí. En el capítulo dedicado al Poder Judicial se impone la publicidad de los procedimientos ante los tribunales de cualquier fuero (artículos 50 y 162), como también que "queda abolido el secreto del sumario" (artículo 42).
Los magistrados tan celosos de sus funciones como de mantener alejados a los periodistas suelen citar un proverbio que reivindica al "poder" judicial: "Lo que no está en el expediente, no está en el mundo". Sólo lo que está en el expediente vale, y lo que llega de afuera, del mundo, debe haber sido logrado con control judicial. Claro, uno no puede menos que preguntarse sobre los secretos que guardan los expedientes, que no están en el mundo.
     
     
Tapa || Economía | Políticas | Regionales | Sociedad | Deportes | Cultura || Todos los títulos | Breves ||
Ediciones anteriores | Editorial | Artículos | Cartas de lectores || El tiempo | Clasificados | Turismo | Mapa del sitio
Escríbanos || Patagonia Jurásica | Cocina | Guía del ocio | Informática | El Económico | Educación