Lunes 3 de marzo de 2003
 

La gobernación marítima

 

Por Héctor Pérez Morando

  El discurso y acción del gobierno militar defacto que depuso al presidente Castillo en 1943 largó amarras por medio de la Marina Argentina hacia el "confín del mundo", la tierra de tres grupos aborígenes muy especiales y que habían merecido preocupación de anglicanos primero y salesianos después, como también balas de aventureros y no tanto. Triste historia. El entonces presidente gral. Pedro P. Ramírez puso la firma el 18 de agosto de 1943 al decreto-ley 5.626 que introducía similar forma de gobierno al que poco después, más al norte, en territorios chubutense y santacruceño sería la "Gobernación Militar de Comodoro Rivadavia" ("Río Negro", notas IX y X, 13 y 18/2/03). En el reparto se respetó la tradición naval de la "tierra de los fuegos" y el art. 1º expresaba: "El Gobierno del Territorio Nacional de la Tierra del Fuego con la Isla de los Estados será ejercido por un Oficial Superior de la Armada, en servicio activo, nombrado por el Poder Ejecutivo a propuesta del Ministerio de Marina, con el título de Gobernador Marítimo del Territorio de la Fierra del Fuego" (sic). Los arts. 2º y 3º entregaban la suma del poder al decir que el gobernador marítimo "es la autoridad local superior y está investido de todas las facultades que le confiere la Ley Orgánica de los Territorios Nacionales (núm. 1.532) y demás leyes que la complementan" y además era "el Comandante Superior de todas las fuerzas navales, aéreas y terrestres. ….y Comandante en Jefe de las fuerzas de policía marítima y terrestre…. Y ejerce superintendencia sobre los funcionarios de las reparticiones administrativas nacionales, que funcionen en el Territorio". También, podía reglamentar "los deberes y atribuciones de los funcionarios civiles, con excepción de los del Juez Letrado y jueces de Paz del Territorio cuyas funciones se ajustarán al texto de la ley respectiva". Acompañaron la firma presidencial, el vicepresidente S. H. Sueyro (contraalmirante), cnel. Gilbert, Storni (vicealmirante), Santamarina, cnel. Anaya, gral, Farrel, B. Sueyro (contraalmirante), gral. Mason y Galindez (vicealmirante). La aeronáutica argentina todavía no tenía vuelo importante.
Es bueno recordar que por ley 1.532 de octubre de 1884, conocida como de "organización de los territorios nacionales", los límites de la Gobernación de la Tierra del Fuego fueron fijados como los "naturales, según tratado del 23 de julio de 1881, y además de los Estados". (art. 6º). Se refiere al tratado con Chile. "No puede pasarse por alto la enorme importancia geopolítica que adquirió Tierra del Fuego en aquellos años. Gran cantidad de naves surcaban sus aguas, tanto por el Estrecho como por el pasaje de Drake y era previsible que se produjera algún incidente. Los buques argentinos navegaban con grandes banderas pintadas a los costados y muy iluminados, ya que podía haber submarinos en la zona". (Canclini, A. 1996). En enero de 1944 el gobierno argentino rompió relaciones con el Eje y en marzo del año siguiente se declaró el estado de guerra. La región patagónica a partir del paralelo 42º -Región Militar de Comodoro Rivadavia y Gobernación Marítima de la Tierra del Fuego- comenzó a subir escalones con las principales fuerzas militares: Ejército y Marina, único caso en el país. El primer gobernador marítimo fue el clmte. Fidel L. Anadón -después ministro de Marina- "quien realizó una gestión muy progresista" (ídem) y que además de la obra pública en Ushuaia y Río Grande, tuvo una iniciativa notable y que en ciertos aspectos aún se discute: "Introdujo en el territorio castores, ratas almizcleras y renos que se multiplicaron mucho, salvo los últimos que al parecer han desaparecido". También visones y zorros. (ídem) Un conocido sociólogo expresó: "En 1943 se dio un "golpe de timón" que permitió al territorio salir de la incuria en que se debatía, lo que se hizo -y que indudablemente fue mucho- ha sido estupendamente registrado por el historiador prolijo y detallista que ha tenido el territorio" (se refería al rionegrino Juan Hilarión Lenzi) y agregaba: "Baste ahora decir que en la primera década de la Gobernación Marítima se dotó a Tierra del Fuego de toda su infraestructura indispensable. En realidad la Marina es la responsable de Tierra del Fuego". (Imaz, J. L. de - 1972).
Además de Anadón, ejercieron el más alto cargo de la Gobernación Marítima y con grados de cap. de fragata a contraalmirante, Gregorio A. Portillo, Fidel A. Degaudenzi, Mario Sánchez Negrete, Horacio Howard, Antonio Pietranera, Manlio Muldrini, Pedro Cases, Jorge A. Suaya, Carlos Suárez Doriga, Juan José Jauregui y José María Guzmán, entre 1943 y 1957. Al declararse provincias a los territorios nacionales por medio de la ley 14.408 de 1955, Tierra del Fuego y Santa Cruz formaron una provincia según el art. 1º, inc. C) al decir: "Se constituirá otra provincia, limitada al norte por el paralelo 46º; al Este, por el Océano Atlántico; al Oeste, por la línea divisoria con la República de Chile, y al Sur, con el Polo, comprendidos Tierra del Fuego, islas del Sur Atlántico y sector antártico argentino". (sic). Durante su tratamiento tuvo intervención el delegado fueguino en la Cámara de Diputados de la Nación -con voz pero sin voto- Adolfo Barabino Arana. Después, durante el gobierno de Juan Domingo Perón, por decreto 11.429 del 20 de julio de 1955 ambos territorios pasaron a denominarse Patagonia "hasta tanto se pronuncien las correspondientes convenciones constituyentes" y siguiendo con la movida de límites en la región austral patagónica, en el gobierno no constitucional de Aramburu, mediante decreto-ley 21.178 del 22/11/1956 se sustituyó el arriba citado inciso c), artículo 1º de la ley 14.408 por el siguiente texto: "c) Se constituirá otra provincia, limitada al norte por el paralelo 46º; al este por el Océano Atlántico; al oeste, por la línea divisoria hasta Punta Dúngenes. La provincia se denominará Santa Cruz y tendrá por capital provisional a la ciudad de Río Gallegos hasta tanto su convención constituyente decida en definitiva".
Durante el gobierno de la Revolución Libertadora y por decreto-ley del 28 de febrero de 1957 se le fijó límites: "La parte oriental de la isla Grande y demás islas del archipiélago de la Tierra del Fuego e Islas de los Estados y Año Nuevo, conforme a los límites fijados por el tratado del 23 de julio de 1881, las Islas Malvinas, las Islas Georgias del Sur, las Islas Sandwich del Sur y el sector Antártico Argentino comprendido entre los meridianos 25 Oeste y 74 Oeste y el paralelo 60º Sur".
Producida la revolución de setiembre de 1955 que depuso a Perón, el entonces capitán de navío José María Guzmán, comandante del Sector Sur de la Zona Naval, por propia iniciativa retomó el gobierno, asumiendo como gobernador militar y expidiendo decreto en la necesidad de "arbitrar los medios a fin de mantener la continuidad del gobierno del territorio", poniendo en vigor nuevamente el estatuto de la Gobernación Marítima, pero a los pocos días lo dejó sin efecto.
Durante la Gobernación Marítima de Tierra del Fuego se ejecutaron muchas obras públicas, pero tal vez, la más resonante decisión fue la clausura del famoso presidio en la capital del territorio. Por algo más de diez años aquella Gobernación Marítima supo de un acelerado y consolidado progreso y de alto valor humano. El oro del rumano Popper a fines del siglo XIX en la costa atlántica fueguina acompañó aquella historia institucional de la región más austral de la Argentina.



Bibliografía principal: Diarios Sesiones Congreso de la Nación. Canclini, A. Tierra del Fuego, 1986 y La Armada Argentina, 1996. Lenzi, J. H. Tierra del Fuego, 1967. Mones Ruiz, Primavera Acuña de. Semblanzas, 1950. Pérez Morando, H. Varios. Revista Karu Kinka, Nº 16 y 17. Imaz, J. L. de. Los hombres, 1972. Historia Marítima Argentina. Varios y otros.
     
     
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