Viernes 7 de marzo de 2003 | |||
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Nueve años de prisión por el crimen de Llambay |
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El condenado dijo que su socio lo presionaba y lo había agredido. Los magistrados descartaron la emoción violenta en el ataque. La víctima era un comerciante de Viedma amante del turf. |
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Los jueces María Eloísa Errea de Watkins, Alejandro Cantaro y Ariel Soto, calificaron al hecho como "homicidio simple" en base a las pruebas reunidas el 28 de setiembre de 2001 cuando ocurrió la muerte en el patio del stud "La Farola" que se encuentra en Carmen de Patagones, que ambos compartían para la crianza de caballos de carrera. Al caer la tarde de ese día primaveral, y según entendieron los jueces, Fernández le efectuó tres disparos con su carabina calibre 22 desde el paredón de una vivienda lindera, uno de los cuales resultó letal ya que se alojó cerca del corazón. La camarista Watkins consideró en la sentencia leída ayer -sin la presencia del acusado- que la autoría "se encuentra plenamente acreditada" a partir del reconocimiento efectuado por el propio imputado durante el juicio oral. En ese momento, Fernández comentó que mantenían una sociedad en el stud inicialmente en buenos términos, pero luego la relación se fue deteriorando al punto tal que fue agredido por Llambay, quien le exigía la devolución de 1.200 pesos como contraprestación de servicios relacionados con esa actividad. Además, relató que recibía amenazas contra su vida y ante el temor decidió dispararle. La magistrada coincidió con el encuadramiento legal de "homicidio simple" expuesto por el fiscal Pedro Munguía, quien solicitó una pena de 10 años de prisión, rechazando así los términos del abogado defensor Hugo Sierra al alegar un estado de emoción violenta y obviamente reclamar una reducción de la condena. Consideró "incompatible" con el episodio los dichos del defensor basándose en los datos aportados por el propio imputado que infieren en ese momento "una actitud previamente reflexiva" para matar a Llambay. En su voto, Watkins computó como agravante la modalidad del hecho cometido en forma sorpresiva "ocultándose detrás de un paredón mientras la víctima se encontraba distraída hablando por teléfono" a pocos minutos de haber llegado al stud. Cantaro y Soto coincidieron con la calificación y la pena impuesta, sin embargo este último rechazó el voto mayoritario de recluir inmediatamente en la cárcel de esta ciudad a Fernández, tomando en cuenta que el cambio del beneficio de excarcelación del que gozaba el acusado por la prisión "es inconstitucional". Por otra parte, los magistrados valoraron al dictar la pena la actitud de Fernández de haberse presentado espontáneamente ante la comisaría de Patagones "permitiendo el rápido esclarecimiento, su sincera confesión, el estado de ánimo por el que atravesaba el imputado derivado de la tensa relación que mantenía con la víctima, el buen concepto del que goza y el hecho de no registrar antecedentes penales". El dueño de la lujosa cupé amarilla BAHIA BLANCA (AV-ABB)-El ahora condenado es un hombre conocido en el ambiente hípico. Hace unos años en el viejo hipódromo de Viedma resultó víctima de un disparo que le afectó una pierna y que en la actualidad le impide caminar correctamente. La defensa anticipó que apelará la sentencia BAHIA BLANCA (AV-ABB)- El defensor Hugo Sierra anunció que apelará la sentencia contra Fernández insistiendo en que su defendido actuó en un momento de emoción violenta. |
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