Miércoles 26 de febrero de 2003 | ||
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Turbine Power violó una orden judicial al aplicar el CER a sus facturas |
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La Cámara de Apelaciones de Roca le advirtió que, de seguir haciéndolo, le aplicará una multa |
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CIPOLLETTI (AC) - En setiembre del año pasado, la generadora Turbine Power comenzó a aplicarle a Edersa el "coeficiente de estabilización de referencia" (CER) en las facturaciones mensuales del energía por un monto que llegó a ser de cuatro millones de pesos. Para la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de Roca, se trata de una violación de la orden judicial que hace más de un año le prohibió a esa empresa cobrar por encima de los valores del mercado mayorista nacional. Los camaristas consideraron que se trata de una desobediencia tan flagrante que le advirtió a Turbine Power que le aplicará una multa (astreintes) si insiste en la aplicación de ese índice indexatorio. Edersa no compra en el mercado mayorista la energía que distribuye porque heredó de su antecesora estatal un contrato de abastecimiento casi exclusive con Turbine Power, una generadora a gas ubicada en las afueras de Roca. Ese contrato tiene precios fijos que no se modifican con los vaivenes de la oferta y la demanda. Hasta que la Cámara de Apelaciones de Roca modificó la situación, a pedido de una organización de defensa del consumidor llamada Proconsumer, los rionegrinos pagaron hasta un 50% más por la energía que en el resto del país. Una orden clara La decisión judicial de bajar el precio de la electricidad en Río Negro fue apelada ante el Superior Tribunal de Justicia, que lleva un año analizando el asunto tras un intento frustrado de conciliar. La orden de la cámara, emitida en diciembre de 2001, fue clara: Turbine Power no puede cobrarle a Edersa un precio superior al del mercado mayorista. Pero en septiembre pasado, la generadora le empezó a facturar a Edersa el valor de la energía vendida más los montos que surgen de la aplicación del CER. Hasta mediados de enero, la diferencia fue de cuatro millones de pesos. Edersa se negó a reconocer ese sobreprecio y sólo entregó los montos que se ajustaban a la orden judicial, pero Turbine Power fue tomando los pagos a cuenta de una deuda que se iba haciendo cada vez más grande. La distribuidora acudió entonces a la Cámara de Apelaciones de Roca para hacer valer aquella sentencia y consiguió de ella un fallo favorable. "Mal puede desinterpretarse o violarse lo que tan claramente le fue impuesto a las codemandadas, entre ellas Turbine Power", escribieron los camaristas Jorge Giménez y Oscar Gorbarán. "Nada que supere el valor de la energía según el precio del mercado eléctrico mayorista resulta autorizado a pretender (...) y eso incluye al CER o a cualquier otro índice de actualización, reajuste o modificación que se intente aplicar", fueron claros los jueces. |
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