Sábado 14 de diciembre de 2002
 

Gays de Capital podrán formalizar su unión

 

La Legislatura porteña aprobó luego de un prolongado debate la norma que permite la oficialización, en el ámbito capitalino, de las parejas convivientes de homosexuales. Si bien no se trata de un casamiento, la ley es la primera de esa naturaleza en América Latina y sigue los lineamientos de los países europeos donde ya rige la autorización de uniones matrimoniales.

 
Los integrantes de la comunidad homosexual porteña fueron los primeros en congratularse por la nueva normativa.
BUENOS AIRES (DyN) - Las parejas homosexuales de la Capital podrán formalizar sus vínculos y tendrán "un tratamiento similar al de los cónyuges" mediante la inscripción en un Registro Público de Uniones Civiles y la demostración de dos años de convivencia e igual cantidad de tiempo de residencia en la Ciudad de Buenos Aires, según una norma aprobada ayer por la Legislatura porteña.
Después de un año y medio de su presentación ante la Legislatura porteña, el proyecto fue aprobado con 29 votos a favor y 10 en contra, tras más de cinco horas de un áspero debate.
El texto legal constituye el primero en América Latina en conseguir aprobación legislativa y sigue los lineamientos de los países europeos, donde ya rige la autorización de uniones matrimoniales entre homosexuales y habilitación para la adopción de menores.
"Para el ejercicio de los derechos, obligaciones y beneficios que emanan de toda la normativa dictada por la Ciudad, los integrantes de la unión civil tendrán un tratamiento similar al de los cónyuges", establece la iniciativa.
La ley tiene alcances de reconocimiento de coberturas de obras sociales, de derechos laborales, entre otras, y fue celebrada por la comunidad homosexual como el puntapié inicial para la obtención de más derechos. En tanto legisladores de distintos partidos que participaron en la discusión y votación de la norma destacaron la "amplitud" y la "altura" del larguísimo debate que terminó en la madrugada de ayer.
La iniciativa, redactada en base a la propuesta de "unión civil" que presentó la Comunidad Homosexual Argentina (CHA), legaliza "la unión conformada libremente por dos personas con independencia de su sexo u orientación sexual", se explica.
El articulado prevé un régimen para disolver las uniones civiles, mediante "mutuo acuerdo, voluntad unilateral de uno de los miembros, matrimonio posterior o muerte", según establece la iniciativa que deberá ser reglamentada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires dentro de los próximos 120 días, es decir que comenzaría a regir a mediados del mes de abril de 2003. Los "integrantes" de la unión civil "deben tener domicilio legal" en la Capital y con una residencia de "por lo menos dos años de anterioridad a la fecha en la que solicita" la formalización de las parejas, que deberán inscribirse en un "Registro Público".
Los alcances de la ley fueron rechazados por la Iglesia católica, al sostener que la normativa "no busca equiparar a las parejas homosexuales con las heterosexuales, sino privilegiarlas", según manifestaron diferentes organizaciones de laicos.
El proyecto impulsado por la Comunidad Homosexual Argentina (CHA), "no hace más que abrir el camino para autorizar las adopciones a dos personas de un mismo sexo", sostuvo la Iglesia al rechazar el texto legal.
En cambio, la aprobación del proyecto fue celebrada, además de, obviamente, por la CHA, por diversos legisladores que dieron su voto en la sesión.
Para el diputado socialista Fernando Finvarb, lo aprobado "no tiene nada que ver con la posibilidad de matrimonio de homosexuales, ni nada por el estilo. Esto es simplemente un registro, un instrumento como para que tengan mayor facilidad en la parte de tramitaciones de reconocimientos ante las obras sociales, inclusive de asistencia por enfermedad al que convive".

Repercusiones: Destacan que es un "paso adelante"

A excepción de la Iglesia, que emitió un comunicado destacando su rechazo a la aprobación en la Legislatura porteña del reconocimiento de la unión civil de parejas homosexuales, legisladores de distintas extracciones y dirigentes de entidades gay destacaron la norma como "un primer paso" hacia el reconocimiento de los derechos de esas parejas.
-César Cigliutti, presidente de la Comunidad Homosexual Argentina (CHA) "Es el primer país que tiene esta ley, cosa que nos llena de orgullo en la comunidad, como debería llenar de orgullo a la sociedad argentina. Es un reconocimiento diría casi mezquino, pero es muy importante porque es el primero que se da.(...) Es el reconocimiento del gobierno de que (las parejas homosexuales) somos una familia".
-Juliana Marino, diputada socialista. "Es un avance muy importante (...) La ventaja es que hay una figura que la Ciudad reconoce que existe, que no es matrimonio, que no es concubinato, sino que es unión civil, que es la voluntad de dos personas de igual o distinto sexo que van a tener que inscribirse como que viven en pareja".
-Enrique Rodríguez, diputado justicialista "Hay un verdadero cambio cultural, y es muy importante reconocer que cada cual tiene que tener derecho a su preferencia sexual y a constituir la mejor unión, y seguramente lo que estamos haciendo es de alguna manera privilegiar el amor, la relación permanente, al prejuicio de querer condenar, por ejemplo, la homosexualidad".
-José Francisco Palmiotti, diputado radical "Finalmente se aprobó lo que hacía un año se estaba tratando: la unión civil, que genera un derecho a las parejas homosexuales y heterosexuales para tener cobertura médica, derecho a trabajar en el Gobierno de la ciudad, todas cosas que se estaban reclamando y le dan pie a seguir peleando estos derechos que ellos requieren a nivel del Congreso de la Nación".

Alcances y límites

El proyecto autoriza la unión "conformada libremente por dos personas con independencia de su sexo u orientación sexual", que "hayan convivido en una relación de afectividad estable y pública por un período mínimo de dos años, salvo que entre los integrantes haya descendencia en común".
Los "integrantes" de la unión civil "deben tener domicilio legal" en la Capital y con una residencia de "por lo menos dos años de anterioridad a la fecha en la que solicita" la formalización de las parejas, que deberán inscribirse en un "Registro Público de Uniones Civiles", con un mínimo de dos testigos.
En cuanto a los impedimentos para realizar la unión la ley establece que no podrán concretarla "los menores de edad; los parientes por consanguinidad ascendiente y descendiente sin limitación y los hermanos o medio hermanos".
También estarán impedidos "los parientes por decisión plena, por adopción simple, entre adoptante y adoptado, adoptante y descendiente o cónyuge del adoptado;adoptado y cónyuge del adoptante; hijos adoptivos de una misma persona, entre sí y adoptado e hijo del adoptante".
La disolución está previsto que pueda realizarse " por mutuo acuerdo; voluntad unilateral de uno de los miembros de la unión civil; matrimonio posterior de uno de los miembros de la unión civil; muerte de uno de los integrantes de la unión civil".
Y se especifica que sobre los dos actos los integrantes de la unión civil podrán solicitar constancias escritas.

   
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