Domingo 24 de noviembre de 2002

 

Impulsan penas graves contra los delitos ambientales

 

Un proyecto ingresado a Diputados contempla prisión de hasta 25 años en casos de muerte.

  BUENOS AIRES (ABA) - Para que la sanción contra las industrias que cometen delitos con residuos industriales no se agote con el pago de una multa, un proyecto presentado en la Cámara de Diputados intenta imponer penas de prisión para los responsables del daño ambiental.
La iniciativa incluye los delitos de "envenenamiento, adulteración o contaminación de un modo peligroso para la salud, el agua, la atmósfera, o el ambiente en general, con residuos industriales"; y llega a imponer penas de diez a veinticinco años de reclusión o prisión si tales hechos fueran realizados de modo doloso (a sabiendas o con intención), y derivaren en la muerte de una persona.
La intención es "terminar con un importante vacío legal que existe en la materia", sostuvo el autor de la propuesta, el presidente de la Comisión de Recursos Naturales de la Cámara baja, Luis Jalil.
En esencia, el texto propuesto por el diputado nacional neuquino pretende incorporar al Código Penal los delitos ambientales que se cometieren por la gestión de residuos industriales y actividades de servicios. El presidente de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), el jurista Daniel Sabsay, coincidió en que la inclusión en el Código Penal de un capítulo específico sobre delitos ambientales "es un tema pendiente".
En diálogo con "Río Negro", Sabsay afirmó que la legislación en la materia es muy pobre porque casi no hay penas, "las figuras delictivas sobre contaminación son tan amplias y están desperdigadas de tal manera que casi puede decirse que no se aplican".

Sanción penal

El proyecto -según destacó Jalil- busca insistir sobre la sanción penal que "había sido eliminada cuando el Poder Ejecutivo Nacional vetó la parte de la ley 25.612 que así lo prescribía", y pone en la órbita de la justicia Criminal los pleitos que se suscitaran al respecto.
La norma en debate incluye una pena de entre un mes y dos años de prisión a los hechos mencionados, cuando son causados por la negligencia, imprudencia o impericia, aplicándose sanciones mayores si ocasionaren lesiones gravísimas o la muerte de una persona.
En el caso de las personas jurídicas, la sanción alcanzaría a "directores, gerentes, síndicos, miembros del consejo de vigilancia, administradores o representantes de la misma que hubieren participado en el hecho punible".
El actual sistema que se intenta revertir -explica el especialista y profesor universitario Miguel Güiraldes-, es que el que genera un daño paga una multa y la sanción termina allí), entonces para quien comete el delito a veces es "más económico" generar el daño y después pagar.
Sabsay añadió que "si bien el principal problema es la impunidad, lo represivo por si sólo no soluciona el tema ambiental", pero si debe decirse -concluyó- que la figura delictiva es un recurso último y los seres humanos somos un poco hijos del rigor... Si no se llega al consenso tiene que existir una ley que obligue".
   
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