Lunes 25 de noviembre de 2002

 

Suspenden el cobro de la energía a consorcios

 

La Legislatura de Río Negro modificó el Marco Regulatorio Eléctrico.

  VIEDMA (AV)- Los consorcistas que viven en complejos habitacionales construidos bajo el plan FONAVI en Río Negro podrán respirar aliviados. La Legislatura suspendió la medida que dispone la facturación de consumos comunes a los consorcios, justo en el momento en que la distribuidora Edersa había comenzado a facturar a cargo de estas entidades en lugar de continuar con el cobro prorrateado entre vecinos.
Durante la última sesión, el parlamento ratificó por unanimidad -en el sistema de doble vuelta- modificando el Marco Regulatorio Eléctrico con el propósito de aclarar que en las facturas para los usuarios finales se pueda incluir los cobros comunes, que incluyen el gasto de electricidad por bombeo de agua hacia tanques de distribución colectiva.
También el prorrateado implicaba atender la cuestión de iluminación de importantes barriadas en la provincia.
El proyecto, que en pocos días estará en vigencia, surgió a propuesta de los bloques justicialista y aliancista.
Por otra parte, el interventor del IPPV, Jorge Ferreira, solicitó también al Ente Provincial Regulador de la Electricidad (EPRE) la suspensión bajo el argumento de que la aplicación de la norma perjudicaría a gran parte de los rionegrinos que habitan en viviendas FONAVI, "ya que en su mayoría no cuentan con consorcios conformados, los cuales no pueden afrontar el pago de las facturas provenientes de consumos comunes".
El 21 de octubre pasado la distribuidora Edersa había notificado a los consorcios que a partir del sexto bimestre, es decir desde el uno de este mes, que los gastos comunes que corresponden a gastos de energía por uso de bombas de tanques de agua y alumbrados internos de espacios comunes se facturarán directamente a los consorcios.
La empresa había fundamentado el cambio de modalidad en la Ley provincial NÂș 2.902 sancionada en 1995 y que establece "que en las facturas para los usuarios finales -en este caso consorcistas- no podrán incluirse conceptos ajenos a la prestación del servicio eléctrico, excepto aquellos cargos relacionados con el consumo de alumbrado público municipal, su mantenimiento y obras de extensión o mejoramiento".
En la nota dirigida a los consorcios se les había informado de la imposibilidad de continuar con aquel método de facturación porque de esa forma no se cumplía con la Ley que reglamentaba el Marco Regulatorio Eléctrico Provincial.
Los integrantes de consorcios habían, a su vez, levantado la voz e hicieron públicas sus quejas estimando que el costo de energía por consumo de los motores que elevan el agua a los tanques colectivos ronda los 500 pesos bimestrales como mínimo, dinero que habitualmente ni siquiera recaudan como consecuencia de la crisis social económica que atraviesan los propietarios de ese tipo de viviendas, y en consecuencia temían sufrir cortes de energía eléctrica.
   
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