Martes 26 de noviembre de 2002
 

Región y regionalización (V)

 

Por Héctor Pérez Morando

  Aquietada la tormenta que produjo el proyecto de Pellegrini, creando una nueva provincia con capital en Bahía Blanca y la confirmación de Viedma capital del Río Negro (nota IV del 7/11/2002 en este diario), cerca anduvo otra modificación de límites en la región, que también proponía nueva provincia. Fue un proyecto de ley del diputado Tomás J. Luque, presentado en la Cámara de Diputados en julio de 1904 y cuyo artículo 1° expresaba: "Créase una provincia que se denominará de Bahía Blanca (sic) que tendrá por capital la ciudad del mismo nombre y cuyo territorio lo formarán el territorio de La Pampa central y el territorio que comprendan los partidos de Patagones, Villarino, Bahía Blanca y la fracción que fuese necesario tomar de los partidos limítrofes de la provincia de Buenos Aires, hasta dar con el meridiano 5° y el paralelo 38" y el artículo 2° le daba la conformación geográfica así: "Los límites de la nueva provincia serán los siguientes: Por el Este el meridiano 5° desde el paralelo 35, hasta su intersección con el paralelo 38, una línea que, partiendo perpendicularmente de este paralelo hacia el Sud del océano Atlántico hasta dar con la desembocadura del río Negro en él. Al Oeste el meridiano 5° en la parte comprendida entre el río Colorado y el río Negro y el límite actual del Territorio de La Pampa Central. Al Sud el límite actual de dicho territorio, que es el curso del río Colorado y el río Negro en su desembocadura en el Atlántico y del Norte los mismos límites del territorio de La Pampa Central". (sic)
El diputado cordobés Luque hizo una más que amplia exposición de su proyecto en aquella 8a. sesión ordinaria del 18 de julio de 1904 y recordó anteriores intentos sobre creación de otra provincia con capital en Bahía Blanca y que nosotros hemos mencionado en anteriores notas sobre el tema: "La idea -diría- de la federalización del territorio no es mía. Fue del ex senador Pellegrini, y antes que él la había lanzado mi honorable colega por Buenos Aires el diputado Campos...". Se quejaba de la no incorporación de nuevos estados al mapa nacional: "Nosotros no hemos incorporado ningún nuevo estado a la nación; mientras que Norte América, señor presidente, al siglo de su emancipación, había incorporado treinta y dos estados a la unión". Si bien el proyecto Luque fue apoyado y pasó a la Comisión de Negocios Constitucionales, el silencio se apoderó de la iniciativa y nunca más apareció en la tipografía de los prolijos diarios de sesiones del Congreso Nacional.

Departamentos General Roca
y El Cuy (Río Negro)

La ley 1.532 del 1/10/1884, promulgada el 16 de aquel mes ("Río Negro" 18/9/02, nota II) había fijado límites a los territorios nacionales patagónicos y por decreto del 6/5/1885 que firmaron el presidente Roca y ministro Bernardo de Irigoyen se dividió el "territorio del Río Negro en 7 departamentos" con "denominación numérica", correspondiéndole al que después sería General Roca el "Del cuarto" y con límites: "Por el norte el río Colorado; por Naciente el 3er. Departamento; por el sur el río Negro; y por el Poniente el Territorio del Neuquén". Además, por el artículo 3° se designaba "como capital del Territorio la población de Viedma" y daba autorización al gobernador territoriano para determinar cabeceras de departamentos y practicar subdivisión de los mismos, "consultando la topografía de los lugares para el mejor gobierno administrativo de la población", el dinámico gobernador Eugenio Tello, puso su firma con el secretario Jorge A. Humble a la resolución del 23/6/1899 -poco antes de que las aguas del Negro arrasaran con todo -por el cual aparecen los 7 departamentos con nombre y el 4°, "Departamento General Roca: distrito ninguno y directamente en 7 cuarteles", segundo paso en la división territorial rionegrina.
Y nuevamente toma color otra división de los territorios nacionales con el decreto del 19 de mayo de 1904, firmado por el presidente Roca y ministro del Interior Joaquín V. González fijando nombres y límites a los departamentos y entre los correspondientes al Río Negro, el IV se detalla así: "General Roca (capital General Roca) y subdividido en 7 Distritos: 1) Colonia Gral. Roca (capital Pueblo Gral. Roca). 2) Comprende la letra A de la Sección XXVI. 3) Comprende la letra B de la sección XXVI. 4) A...XXI. 5) C...XXV y D, XX. 6) D, XXV y 7) A de la sección XXV y la fracción D de la sección XXIV, existente en ese territorio y la Colonia Catriel". Dicho decreto derogó "todos los decretos y disposiciones administrativas sobre límites".
Y recién aquí aparece El Cuy como distrito. Lo es en el departamento 9 de Julio (VI) subdividido en 2 distritos: 1) El Cuy (capital El Cuy), en 2 cuarteles.
Pasaron unos años y como tendiendo a un paulatino perfeccionamiento institucional para los territorios nacionales -dirigida la presente nota solamente a Río Negro y Neuquén motivo de nuestro interés- por decreto del 20 de octubre de 1915 que firmó el "presidente provisorio del Senado, en ejercicio del Poder Ejecutivo" Benito Villanueva con el ministro Miguel S. Ortiz, Río Negro pasó a tener 13 departamentos y entre los incorporados figura El Cuy (capital El Cuy), subsistiendo el de General Roca e incorporándose otros y expresándose en uno de los considerandos: "Que es conveniente dar a las divisiones políticas una nomenclatura homogénea, en la que tengan la mayor cabida posible las voces autóctonas que usaron los antiguos pobladores indígenas para designar tales regiones, como así mismo poner de relieve los accidentes geográficos más importantes y recordar nombres y fechas que constituyen la gloria del pasado nacional". En verdad, no estaba mal el criterio. Omitimos el deslinde de los departamentos General Roca y El Cuy por ser los conservados hasta la actualidad.
El lector tal vez se pregunte qué tienen de particular estos dos departamentos rionegrinos con el título de estas notas. En la próxima estará la explicación.
     
     
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