Martes 5 de noviembre de 2002
 

Identidad y derecho

 

Por Eva Giberti

  La identidad de cada ser humano es constituyente de su existencia. La frase podría aparecer pretenciosa y aun confusa. Sin embargo, los múltiples estudios e investigaciones que se ocupan de avanzar en las descripciones y clasificaciones de la identidad permiten sostener que informarse acerca de la propia identidad, o definirla según lo indique la propia convicción, es lo que autoriza a reconocerse como persona. Más aún, como sujeto de derecho.
En nuestro país las Abuelas de Plaza de Mayo fueron quienes sostuvieron el valor de la identidad como dato incanjeable de la existencia humana.
La búsqueda de hijos de desaparecidos y el haber encontrado a 70 de esas criaturas apropiadas por quienes fueron cómplices -o autores- de la desaparición de sus padres para devolverles ese bien perdido, constituye un capítulo clave en la historia del concepto de identidad, internacionalmente estudiado y refinado mediante investigaciones en diversos ámbitos.
Identidad es un concepto multirreferencial que empieza por fundarla mediante el documento de identidad; remite al origen biológico, a las características físicas y al psiquismo de cada sujeto, inserto en la vida social y partícipe en su construcción. Por extensión se habla de la que podría ser una identidad colectiva según fuese la comunidad a la que se pertenece, asociada frecuentemente con el nacionalismo.
La identidad está ligada con los "otros", aquellas personas que nos rodean y aquellas con las cuales convivimos, las que nos aman y también aquellas que, siendo cercanas, no nos quieren.
Los "otros" predican de nosotros adjudicándonos valores o disvalores, por ejemplo cuando se dice "Fulana es una persona generosa" o cuando se afirma: "XX es una persona humilde" se predica de esa persona adjudicándole características que, incluidas en la totalidad de su identidad, la identifica de acuerdo con un rasgo o modalidad que los otros consideran preponderante y distintivo.
Esta relación esencial entre los "otros" y cada persona, particularmente durante su niñez, pone en evidencia la importancia de aquello que esos "otros" pueden instalar como verdades en la mente de quienes crecen a su lado. De este modo, niños y niñas empiezan a "saber" quiénes son según lo que su familia cercana le cuente, según cómo se compagine la historia de su origen y de acuerdo con el nombre con el cual lo inscriba en el primer documento identitario. Si a partir de ese momento se falsean los datos, la criatura crecerá siendo quien no es. Es decir, será transformado en sujeto alienado, ajeno a su identidad real, verdadera. Además del delito que esta decisión adulta implica, se instala un abuso de poder y una deformación del psiquismo de esa niña o de ese niño que comenzará a vivir entrampado y esclavizado al poder de esos adultos que silencian la clave identitaria de su existencia.
Sabemos que ése fue el mecanismo perverso y delictual que utilizaron los apropiadores de hijos de desaparecidos. Pero también ha podido comprobarse que existen alternativas vitales creadas por quienes fueron victimizados por la apropiación: con reiterada frecuencia adolescentes y jóvenes actuales se acercan a Abuelas solicitando averiguar datos acerca de su origen, porque sospechan ser hijos de desaparecidos; de este modo empezó otra búsqueda y la posterior restitución de muchos de ellos a su familia de origen y, según hubiese sido la historia de la que de manera impropia se calificó como adopción, el trámite finalizó con la cárcel para los y las responsables del delito.
Un paradigma de la lucha por la propia identidad acaba de ser protagonizada por un joven -actualmente pastor adventista- que no obstante haber descubierto su origen como hijo de desaparecidos, entregado a un matrimonio por una mujer policía durante 1977, no lograba su nuevo documento de identidad, como hijo de sus padres genuinos. La negativa provenía de un juez que alegaba necesitar un juicio con sentencia antes de otorgar un nuevo documento, aun habiendo probado, genéticamente, la identidad del joven. La eficacia de los abogados y la decisión de una Cámara Federal echó por tierra la argumentación inicial. Hoy, este joven sometido a la nueva violencia de tener que transitar sus días con un documento que sabía falso, rescató su identidad inicial, la que posiciona a cada persona mediante un documento que la reconoce como habitante de un país y portadora del apellido de quienes fueron los padres.
Para que un representante de la Justicia admitiese el derecho a la propia identidad por parte de un sujeto de derecho, fue preciso que se recurriera a una instancia judicial superior. Entonces podríamos preguntarnos: dado que existe una identidad profesional (la que se obtiene a partir de un título universitario) ¿cómo se describiría la identidad de este juez inicial cuando utilizó su práctica para obturar el derecho de quien solicita ser reconocido por su nombre y apellido verdaderos? ¿Tendrá alguna relación con el origen de quien demanda justicia, un hijo de desaparecidos?
     
     
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