Martes 23 de julio de 2002 | ||
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Buscan acabar con la especulación en tierras fiscales |
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Una iniciativa de diputados trata de ordenar 4 millones de hectáreas. El que compre a menos de lo que vale, tendrá que pagar una tasa. El gobierno también presentará su propuesta para estas propiedades. |
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VIEDMA (AV)- Río Negro dará el primer paso hacia una definición en su política sobre más de cuatro millones de hectáreas de estratégicas tierras fiscales, a partir de la presentación de un extenso proyecto legislativo opositor destinado a regularizar jurídicamente la propiedad. El Poder Ejecutivo no se quedará atrás y buscará impulsar su propia iniciativa. Por ahora el único libreto fue escrito por el Grupo Agenda Legislativa con la pretensión de terminar con las especulaciones inmobiliarias -sobre todo- en paradisíacos lugares ubicados en los lagos cordilleranos, que algunos empresarios adquirieron o tentaron a humildes campesinos por muy bajo precio para luego despertar el interés de grandes inversores extranjeros. El extenso articulado que ya tomó estado parlamentario establece sobre este conflictivo aspecto que cuando la adjudicación en venta hubiera sido realizada a precio inferior al valor real del inmueble, se impondrá una tasa sobre la primer venta que deberá pagar el segundo comprador. El monto de dicha tasa se definirá como un porcentaje a aplicar sobre la diferencia entre el valor real y el precio de venta actualizados a la fecha de realización de la segunda operación. El mencionado recargo no podrá exceder el 50% y será abonado al momento de la celebración del respectivo contrato de compraventa. El valor real de los inmuebles fiscales adjudicados a los actuales ocupantes será establecido por una Junta de Valuaciones oficial con la incorporación de representantes parlamentarios. El valor real de aquellos inmuebles con aptitud de explotaciones agropecuaria, forestal o turística se determinará en base a la concurrencia de los criterios de "valoración de capitalización de la renta" y de "valor de mercado", mientras que para aquellos con uso residencial permanente o temporal sólo se aplicará criterio de valoración del "valor de mercado". Los adjudicatarios de inmuebles fiscales, cuya venta se haya realizado a precio inferior al valor real, no podrán efectuar donaciones que involucren la disposición de la totalidad o fracción. Cómo definen el precio El precio de venta de los inmuebles fiscales rurales adjudicados se definirá como un porcentaje del valor real y no podrá ser superior a éste. Este será fijado oficialmente, previa evaluación de la antigüedad de la ocupación efectiva y de las condiciones social-económicas del adjudicatario. El precio establecido será pagado por los adjudicatarios al contado o con la alternativa de un 10% de su valor al contado al firmarse la promesa de venta. El saldo del precio podrá cancelarse en cuotas semestrales o anuales fijadas en escala y en relación directa con el proceso productivo, determinándose sus vencimientos en las épocas de mayores ingresos. El Sistema de Administración de Tierras Fiscales -que será conformado con la Dirección de Tierras y entes de desarrollo para ejercer el rol de autoridad de aplicación- podrá suspender los pagos de las sumas que deban abonar los adjudicatarios ante pérdida total o parcial de cosechas, zafras, frutos o productos o perjuicios en la presentación de servicios emergentes de la actividad de que se trate, en el porcentaje y condiciones que se establezcan. Un tema del que todos opinan Esta iniciativa de Agenda redactada por Guillermo Wood y Fernando Grandoso, entre otros, se suma a otras elevadas en menor medida a la Legislatura por parlamentarios del circuito andino y el justicialismo. Esta última fuerza impulsó -a través de Silvia Jáñez- la transferencia a los municipios del dominio de tierras fiscales rurales cuya situación jurídica no haya sido regularizada. |
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