Jueves 25 de julio de 2002
 

Crimen y castigo

 

Por Martín Lozada

  En el que probablemente fue uno de los últimos procesos judiciales por los crímenes nazis, un tribunal de Hamburgo acaba de sentenciar a siete años de prisión a Friedrich Engel, ex oficial de la SS. Lo encontró culpable de haber ordenado el asesinato con alevosía de 59 partisanos el 19 de mayo de 1944, en el paso de montaña de Turcchino, en el norte de Italia.
El juicio de Hamburgo se centró en lo acontecido durante la operación en la cual 59 presos políticos fueron llevados a un paso de montaña cercano a Génova. Allí, en grupos de cuatro y cinco personas, se los obligó a subirse encima de una tabla que atravesaba una fosa cavada en la víspera por prisioneros judíos. Fueron fusilados unos tras otros en represalia por un ataque llevado a cabo tiempo antes por la resistencia italiana.
Entre 1944 y 1945 Engel fue el oficial de la SS que dirigió en Génova el Servicio de Seguridad (SD), el más temido y sanguinario de los cuerpos represores nazis. En Italia, donde recibió el apodo de "carnicero de Génova", se lo considera responsable de la ejecución de más de 200 partisanos y presos políticos.
Engel cuenta en la actualidad con 93 años y admitió haber estado en el lugar de los hechos, aunque destacando que lo hizo en calidad de observador externo. Sin embargo, durante el proceso afirmó que la lista de prisioneros a fusilar le fue transmitida por sus superiores en Roma y que lo sucedido entonces le sigue "pesando mucho".
Esta nueva condena a un oficial del Tercer Reich nos vuelve a colocar frente a la cuestión de si resulta realmente útil y razonable el castigo judicial por la comisión de crímenes de guerra y contra la humanidad, aun cuando ha transcurrido un muy importante lapso de tiempo desde su comisión.
Vale al respecto tomar en consideración las recientes manifestaciones del Dr. Miguel Angel de Boer, especialista en psiquiatría y presidente del grupo "Derechos Humanos y Tortura" de la Asociación de Psiquiatras Argentinos. Sostiene que la impunidad y el olvido son factores retraumatizantes para las víctimas directas e indirectas, y que la ausencia de respuesta penal tiende a legitimizar los crímenes cometidos, induciendo la aparición de otros adicionales comportamientos delictivos.
Destaca De Boer que toda transgresión exculpada tiende a naturalizarse, por lo que la ausencia de un ejercicio pleno de la justicia sume al conjunto de la sociedad en un estado de anomia, desamparo y vulnerabilidad, que atenta contra la cohesión de los lazos sociales y los sentimientos de pertenencia. Así, la impunidad produce una pérdida de referencias con un altísimo efecto desocializador y deshistorizador que posibilita el ejercicio abusivo de los poderes dominantes.
Respecto del dramático costo de la impunidad, el fiscal Richard Goldstone, en la inauguración del primer juicio celebrado por el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia, en noviembre de 1994, señaló: "Después de la Segunda Guerra Mundial (...) la comunidad internacional esperaba el inicio de una nueva era. Una era en la que los derechos humanos de todos los ciudadanos de todos los países del mundo serían universalmente respetados. No fue así... la comunidad internacional no había previsto ningún mecanismo para establecer la culpabilidad de los perpetradores y penarlos".
Y recién ahora cuenta la sociedad internacional con una estructura judicial de carácter penal que, en lo sucesivo, permitirá reducir los márgenes de impunidad con el que se ha venido premiando a los grandes criminales. Justamente por eso resulta repudiable la presión que los Estados Unidos llevó exitosamente adelante sobre el Consejo de Seguridad de la ONU, procurando la inmunidad jurisdiccional de su personal diplomático y militar en el extranjero.
En efecto, el 12 de julio pasado el Consejo de Seguridad adoptó por unanimidad la resolución 1.422, decidiendo que la Corte Penal Internacional deberá abstenerse durante doce meses -prorrogables por períodos iguales indefinidamente- de iniciar investigaciones o juicios contra nacionales de Estados que no sean parte en el Tratado de Roma, por hechos u omisiones relacionados con una operación establecida o autorizada por las Naciones Unidas.
Como prueba del malestar que reina en la comunidad internacional valen las palabras del embajador canadiense Paul Heinbecker: "Salimos de un siglo de Hitler, Stalin, Pol Pot, Idi Amín, el Holocausto, el genocidio en Ruanda y la limpieza étnica en la antigua Yugoslavia. La lección fundamental del más sangriento de los siglos es que la impunidad debe terminar".
La aplicación territorial de la ley penal y la consiguiente prevalencia de los tribunales domésticos han venido obstaculizando el castigo generalizado de las grandes violaciones al derecho internacional humanitario.
Sin embargo, la puesta en marcha de una jurisdicción supranacional requiere de todavía más para prosperar y volverse auténticamente universal: la democratización de la sociedad internacional. Sin ella, todo el andamiaje punitivo institucional corre el riesgo de reproducir y profundizar las asimetrías que gobiernan hoy por hoy las relaciones entre las naciones.
El juicio y castigo al ex oficial de la SS Friedrich Engel, a casi sesenta años de los hechos criminales que cometió, enseña que hay heridas colectivas que tan sólo pueden cerrar tras alcanzarse un equilibrado sistema de responsabilidad penal.
El olvido fácil y la impunidad ominosa llevan a repetir irreflexivamente los males del pasado. Se trata de una lección que debería ser tenida en cuenta a la hora de conceder inmunidades que hacen peligrar el futuro y la eficacia de la Corte Penal Internacional.
     
     
Tapa || Economía | Políticas | Regionales | Sociedad | Deportes | Cultura || Todos los títulos | Breves ||
Ediciones anteriores | Editorial | Artículos | Cartas de lectores || El tiempo | Clasificados | Turismo | Mapa del sitio
Escríbanos || Patagonia Jurásica | Cocina | Guía del ocio | Informática | El Económico | Educación