Sábado 8 de junio de 2002

 

Condenado por matar a su amigo en forma accidental

 

Estaban jugando a las cartas y en numerosas oportunidades le apuntó a su amigo, creyendo que el arma como no tenía el cargador colocado era inofensiva. Sin embargo tenía una bala en la recámara y le dio muerte. El matador había salido poco antes tras una condena por intento de robo.

  SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- Un joven de 21 años que manipulaba una pistola y mató a su amigo en forma accidental mientras jugaban a las cartas, fue condenado a cuatro años de prisión de cumplimiento efectiva por "homicidio culposo". El fiscal había pedido que le impongan ocho años de prisión por "homicidio con dolo eventual", pero los jueces consideraron que el dolo no se había probado, y sí la ocurrencia accidental del siniestro.
El episodio fatal se originó el 7 de marzo pasado, alrededor de las 19, en una vivienda ubicada en el barrio Virgen Misionera, a la altura del kilómetro 7,200 de la avenida Los Pioneros.
Ese día el imputado, Rodrigo González Silva, había estado efectuando disparos de práctica contra una botella junto a tres amigos, con una pistola calibre 25. Momentos después, cuando sus compañeros jugaban a las cartas, comenzó a apuntar hacia la cabeza de Rodrigo Curruhuin-ca, de 18 años, pese a que éste se levantaba y manifestaba el nerviosismo que le ocasionaba la situación. De pronto, se produjo un disparo que impactó en la cabeza de Curruhuinca, ingresando por la mejilla izquierda y atravesando la masa cerebral, hasta alojarse en la fosa posterior.
La muerte de Rodrigo Curruhinca luego de una penosa agonía obligó a que el juez de Instrucción modificara la calificación de la causa original, dado que en principio investigaban la responsabilidad del detenido por el delito de lesiones graves culposas o tentativa de homicidio, y luego se transformó en homicidio simple.
González Silva había recuperado su libertad pocos días antes, luego que la Cámara Segunda del Crimen le impusiera una pena de sólo tres meses en suspenso por un "robo con escalamiento en grado de tentativa". La indulgencia de la Cámara resalta ante la sanción que recibió por el mismo delito su cómplice, de un año y medio de prisión de cumplimiento efectivo.
Al pedir la pena de ocho años de prisión, el fiscal entendió que el acusado "sabía lo que estaba haciendo y tuvo sobrados motivos para conocer que dicha acción podía producir un resultado lesivo. Menospreció la situación y el eventual resultado, debiendo haber previsto el daño que podía suscitarse".
Los jueces basaron su fallo en los dichos de un testigo presencial, amigo del imputado y la víctima, quien pudo ver que el imputado sacó el cargador del arma, y que si bien la manipulaba y apuntaba, todos desconocían que había quedado una bala en la recámara y que podría producirse el disparo.
Entendieron que el hecho había sido accidental, pero que la pena al imputado debía alejarse de la mínima, y le impusieron cuatro años de prisión.
   
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