Sábado 29 de diciembre de 2001

 

Absuelven al ex subcomisario Seguel por unanimidad

 

Desestimaron el cargo de incumplimiento de deberes de funcionario público. El fiscal había solicitado $ 8.500 de multa e inhabilitación por un año.

  ROCA (AC).- "Tal vez Seguel no haya tenido toda la perspicacia, toda la sagacidad y toda la diligencia que requerían las circunstancias, pero no existen pruebas que permitan sostener que incurrió en acciones u omisiones ilegales, ni mucho menos que hubiera pretendido obstruir o desviar la investigación persiguiendo un propósito avieso, ni tan siquiera que obró con indolencia o desidia".
Por unanimidad, los jueces de la Cámara Segunda del Crimen decidieron ayer absolver a Luis Seguel. Los camaristas desestimaron la postura del fiscal Edgardo Rodríguez Trejo, quien había pedido una pena de 8.500 pesos de multa e inhabilitación por un año por el delito de incumplimiento de deberes de funcionario público. Y desvanecieron las apreciaciones de familiares y allegados, que en el debate consideraron al imputado "encubridor".
De esta manera, Seguel queda libre de toda responsabilidad penal. A pesar de haber sido el uniformado más cuestionado y sospechado a lo largo de estos cuatro años de investigación ("me iniciaron entre ocho y diez causas", recordó el propio Seguel en su indagatoria, la justicia no confirmó ninguna de las sospechas.
Ahora, tiene el camino libre para buscar un eventual resarcimiento económico.
La lectura de la sentencia de la última causa conexa a la investigación principal del triple crimen comenzó ayer poco después de las 10.20, en la sala de audiencias de la Cámara Segunda.
Muy poco público asistió. Sólo estaban tres familiares de las hermanas González (el hermano, una tía y un primo) y allegados a las mujeres que fueron imputadas en la causa del llamado anónimo, que también esperaban escuchar el fallo de los jueces. En este caso se trataba de un trámite meramente formal, teniendo en cuenta que el fiscal no acusó (ver aparte).
La definición de la causa Seguel comenzó con el voto de Juan Máximo Rotter, quien antes de empezar a analizar las imputaciones que le hacían al ex jefe de la subcomisaría 69, explicó que para juzgar al imputado debían colocarse objetiva y subjetivamente en la situación "anterior" al conocimiento del fatídico desenlace, de lo contrario "seríamos injustos", dijo. (Ver aparte).

"Puso tesón y voluntad"

"Seguel permaneció al frente del operativo 26 horas sin descanso y aún poniendo todo su tesón y voluntad, su limitada capacidad de dar una respuesta rápida y acabada de lo sucedido a tan imperiosos requerimientos, fue superada por la forma como se sucedieron los acontecimientos, pero nadie puede negar que lo mismo le pudo haber ocurrido al jefe de la fuerza mejor dotada del país", entendió el vocal.
Rotter recordó que ninguno de los numerosos testimonios prestados durante las audiencias aportaron prueba fehaciente y concreta de que el exsubcomisario Seguel obró con el deliberado propósito de omitir o retardar ilegítimamente lo que debía hacer en razón de su cargo o de impedir de algún modo la búsqueda de las víctimas.
"Aún cuando se admita, con los resultados a la vista, que Seguel en algunos aspectos de su tarea no fue eficiente, esa ineficiencia debe ser dolosa para configurar el delito por el cual se lo acusó".
"No por defectos en la forma de proceder o por el irregular o negligente desenvolvimiento de la función puede condenárselo, dado que en el Código Penal no existe ninguna figura culposa del delito de incumplimiento de deberes de funcionario público", manifestó.
Los otros dos integrantes del Tribunal, César López Meyer y María Evelina García, compartieron la opinión de Rotter y analizaron además "el paradigma" que significó este proceso.
No olvidaron mencionar a quienes "agitaron pancartas y predicaron críticas sin fundamentos".

Los familiares criticaron y se retiraron antes

ROCA (AC).- No habían terminado de leer la sentencia cuando Mari Mella, la tía de las hermanas González, se levantó de su silla y le dijo a los camaristas: "esto pasa porque no tienen hijos".
-Puede retirarse señora. -le indicó el presidente del Tribunal, César López Meyer.
-Están preparados para eso, nosotros no, -decía mientras las palabras se superponían con las de López Meyer.
-Puede retirarse, no sea intolerante. Retirenla, por favor.
-No, no me tienen que retirar, me voy sola. Ojalá nunca les pase. -dijo cuando caminaba hacia la puerta junto a su hijo y Guido González, el hermano de las víctimas.
-Esto es un síntoma de la intolerancia. El dolor de ella es profundo y comprensible. -añadió el juez.
Esta no fue la única opinión de López Meyer fuera del fallo. Antes de leer la sentencia, también habló de las críticas que se hicieron a lo largo del año sobre la seriedad del juicio. "Mucha de la gente que criticaba no estuvo en las audiencias, no vio toda la recepción de la prueba", expresó.
Mencionó entonces la importancia de las marchas y los reclamos populares, pero dijo que en el momento del análisis de los elementos probatorios, "no sirven".
"Esta es otra instancia, y debemos tener cuidado de que el paño de las pancartas no nos impida ver lo esencial, o que el ruido de los tambores no ensordezca las ideas".
"Se puede criticar la actuación de la policía, de la justicia, pero la crítica debe ser previa información y basada en argumentos serios. No somos conformistas: aspiramos a una policía mejor y a una justicia mejor", añadió.

Desestimaron las imputaciones del fiscal

ROCA (AC).- De los seis hechos de incumplimiento que le imputó el fiscal de instrucción, pasó a un listado escueto de omisiones planteadas por el fiscal de Cámara en el debate, a una absolución. El Tribunal desestimó todos los reproches que pesaba contra Luis Seguel. Entre ellos, figuran:
* Creía que las chicas se habían ido voluntariamente y no hizo nada para convencerse de lo contrario. "No nos parece que haya sido así, de lo contrario no hubiese recorrido personalmente las chacras y entrevistado a los vecinos de las zonas cercanas al lugar. (...) Tampoco hubiera afectado a todo el personal que estaba de servicio y a otros que continuaron, casi sin descanso, a la tarea de búsqueda".
* No difundió la novedad de la desaparición por los medios de comunicación: "No parece reprochable que no haya sido Seguel quien se encargara de difundir la noticia si el propio Ulises González lo hizo después de entrevistarse con él en las primeras horas del lunes. Además, el periodismo no tardó en requerir información".
* Omitió hablar con los padres para informarse sobre la vida de las víctimas: "Todos tuvieron oportunidad de acercarle las referencias que podían ser de interés. Puede decirse que el señor González de un modo u otro, mantuvo contacto durante todo el día lunes con él".
* No pidió fotografías de las víctimas: "Quizás Seguel pudo haberlas requerido antes (se distribuyeron en las primeras horas del lunes), pero contando con los datos y las características de las chicas y teniendo la esperanza de una pronta aparición (...), no parece razonable que esa tardanza en solicitarlas pueda ser computada como parte integrante de una conducta delictiva".
* Omitió contactarse con Alejandra Meraviglia, la amiga de las víctimas: "Seguel tenía la información de que el sargento Delgado había ido a la casa de Meraviglia antes de dejar el servicio a las 7 del día lunes".
* No convocó con antelación al Bora, al grupo de enduro y al Aeroclub: "Seguel dijo que se comunicó el lunes al mediodía con el jefe de la Regional y convino con él que al día siguiente, a primera hora de la mañana, el Bora se iba a hacer presente. (...) En los casos de desaparición de personas, era normal una prudencial espera, ya que la ausencia puede obedecer a múltiples motivos". (...) La convocatoria al grupo de enduro y al aeroclub surgió de manera "espontánea" sin necesidad de solicitarla.

Sobarzo y Molina, sólo un trámite

ROCA (AC).- Fue un mero trámite. Como el fiscal Edgardo Rodríguez Trejo no acusó a Elsa Molina y a Nancy Sobarzo por encubrimiento, la sentencia de esta causa conexa fue escueta.
Las dos mujeres que durante cuatro años estuvieron sospechadas de haber estado involucradas con el llamado anónimo que indicó buscar a Sepúlveda y Huenchumir, fueron absueltas.
Ambas escucharon el fallo sentadas en el sector del público, junto a sus familiares. "En solo dos horas de audiencia se demostró que no teníamos nada que ver. Fueron cuatro años de espera y de sufrimiento", recordó Molina ayer. Sobarzo, no realizó declaraciones.
"Si en los alegatos no se mantiene la acusación, no es posible dictar sentencia condenatoria porque ello vulneraría los principios constitucionales de la defensa en juicio y el debido proceso", dijeron los jueces. Por eso no realizaron ningún análisis a lo planteado por las partes.
"Corresponde por ende que el Tribunal absuelva de culpa y cargo a las procesadas por falta de acusación", manifestaron finalmente.
En la instrucción se creyó que Molina había llamado en forma anónima a la subcomisaría 69 y que Sobarzo la apañó al decir que ella la atendió. En el debate se comprobó que nada tenían que ver con esa comunicación.

   
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