Viernes 16 de noviembre de 2001 | ||
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Marcha atrás en la concesión del estacionamiento |
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El gobierno neuquino deberá licitar parte de los sectores adjudicados. Son los que corresponden a las entidades sin fines de lucro. El motivo es el precedente que sentó el fallo de la Corte sobre CALF. |
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NEUQUEN (AN).- La decisión de la Corte Suprema de la Nación que anuló la concesión directa de la cooperativa CALF obliga ahora al gobierno municipal neuquino a revisar decisiones y a licitar el servicio de estacionamiento pago ya otorgado a tres entidades sin fines de lucro. Es que la ratificación del fallo de inconstitucionalidad del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) implica la derogación del artículo 14, inciso 2, del régimen municipal de contrataciones. Este ítem faculta al Ejecutivo municipal a adjudicar obras y servicios públicos sin compulsa a organizaciones sin fines de lucro, mutuales y cooperativas. En consecuencia, devinieron en nulas las ordenanzas de estacionamiento medido aprobadas hace una semana por el Concejo Deliberante pues se basaron en este articulado para dar en concesión directa la explotación en dársenas y playas a la cooperativa de trabajo Esfuerzo Unido, a la asociación de los lavacoches y a Luncec (ex Lalcec). El jefe de gabinete Oscar Massei confirmó ayer a "Río Negro" el nuevo cuadro de situación. Corroboró que el intendente Horacio Quiroga vetará las ordenanzas al tiempo que indicó que los abogados trabajan contrareloj en el diseño de las bases de la licitación pública de los espacios para diciembre próximo. Con los adjudicatarios dijo que se reunió en la mañana de ayer, les explicó el nuevo escenario y pidió que se preparen para competir en la compulsa. En juego se encuentran 800 espacios repartidos en las playas del parque central y de la avenida Olascoaga, entre las calles Alcorta y Planas, como así también las dársenas ubicadas sobre las calles perimetrales del parque. No peligraría en cambio el resto del sistema que suma otros 1.800 espacios del centro neurálgico de la capital. Es el área dada en locación de servicio a Alta Tecnología SE (Altec), la empresa estatal que proveerá el equipamiento necesario y los servicios "indispensables" para el funcionamiento del negocio. Según Massei, la nueva situación no afecta la base jurídica de los sistemas de concesión y de locación del estacionamiento medido. Es más, opinó que el sector afectado a Altec podría funcionar sin estar habilitado el otro de demorarse su implementación como consecuencia del proceso licitatorio aunque advirtió que no está dada la última palabra. "Estamos haciendo el análisis técnico pertinente", observó. "Con la confirmación del fallo de inconstitucionalidad y conforme al artículo 30 de la constitución provincial, el inciso segundo del artículo 14 de la ordenanza número 7838 ha quedado derogado", confirmó el funcionario. La carta magna neuquina dice textualmente que "la inconstitucionalidad declarada por el TSJ produce la caducidad de la ley, ordenanza, decreto u orden en la parte afectada por aquella declaración". El TSJ dictó el fallo en oportunidad de que el asociado de CALF Miguel Othaz presentó una acción de inconstitucionalidad en rechazo a la ordenanza que otorgaba a la cooperativa una extensión de la concesión directa por 10 años más a la cooperativa. El dictamen quedó en suspenso por la apelación que hizo el gobierno de la ciudad en la Corte de la Nación. Pero finalmente, el máximo cuerpo judicial confirmó el dictamen el pasado 30 de octubre. Las ordenanzas de concesión directa del estacionamiento medido a las tres entidades fueron sancionadas ocho días después, cuando los concejales ya no tenían más potestades para hacerlo. |
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