Sábado 3 de noviembre de 2001

 

El STJ avaló la quita salarial en el Estado rionegrino

 

El máximo cuerpo judicial resolvió en favor de las reducciones salariales que el gobierno rionegrino aplica desde 1996 y 1997 a los empleados públicos. Entendió que la crisis provincial justifica esa decisión y sostuvo que el recorte no resulta confiscatorio. El lunes habrá una asamblea ampliada de los estatales que iniciaron este tipo de demandas contra el Estado.

  VIEDMA (AV)- El Superior Tribunal de Justicia falló a favor del ajuste salarial dispuesto por el gobierno rionegrino.
Después de dos años de análisis, ese máximo órgano dio a conocer una resolución de 161 hojas en el que hizo lugar al recurso extraordinario presentado por la provincia de Río Negro contra un fallo de la Cámara Laboral que había declarado inconstitucional las quitas salariales a seis empleados del Ipross.
Esta sentencia constituye precedente para cientos acciones judiciales contra el ajuste salarial dispuesto en 1.996 y en 1997 por el gobierno de Pablo Verani.
Para el lunes se convocó a una asamblea ampliada de los estatales que iniciaron este tipo de demandas para determinar los pasos a seguir a partir de esta resolución del STJ.
El fallo tiene el voto de Víctor Sodero Nievas y Alberto Balladini mientras Luis Lutz se abstuvo ante la posición coincidente de los anteriores jueces.
Los dos magistrados fundamentaron sus votos en el marco de la crisis estructural del Estado y la emergencia económica-financiera que se arrastra desde 1.989 "que se ha prorrogado recurrentemente y que está legalmente proyectada hasta el 2.005".
Entre otros argumentos el abogado de los denunciantes, Ariel Galinger, fundamentó que los descuentos aplicados a los estatales incluídos en esta demanda "resultan ser confiscatorios y afectan el derecho a una remuneración digna, a la propiedad y violan todos los tratados internacionales y normativas constitucionales".

Zona desfavorable.

El extenso fallo destacó que las causas de la emergencia se remontan tiempos anteriores a la Ley atacada en la denuncia. Y en este sentido se mencionó el incremento en la bonificación por zona desfavorable del 20 al 40 por ciento sobre el total de las remuneraciones y adicionales para los tres Poderes
Los jueces subrayaron que en su origen la zona desfavorable era del 10 por ciento y beneficiaba sólo a la Línea Sur, considerando que "30 años atrás era razonable premiar el sacrificio de trabajar y vivir en la zona rural, fría e inhóspita pero hoy con el desarrollo e integración provincial resulta absurdo semejante incremento".
Para los jueces esta reducción salarial discutida "no aparece como confiscatoria ni arbitrariamente desproporcionada" y consideraron que se deben valorar también los intereses generales de la provincia en el sentido de las conveniencias colectivas".
Por otra parte los jueces señalaron que "una cosa es la remuneración que cada Ley de presupuesto quiso para el agente estatal -ceñida a las posibilidades del mismo- y otra distinta ha sido la retribución a la que en definitiva se llegaba cada año por efecto del dictado de otras normas inferiores". Las mismas "sin sustento en la generación de riquezas ni en la participación, o simples hechos que obligaban a asumir en posteriores presupuestos la carga progresiva de déficits no queridos o de consecuencias no deseadas pero que medidas por sus resultados no pueden perjudicar el Pacto Social, la sobrevivencia del estado de derecho ni el futuro de los rionegrinos, bajo pretexto de una inexistente intangibilidad".

No hay intangibilidad ni derechos adquiridos

El fallo se fundamentó en la crisis estructural de la provincia. Señaló que la actual emergencia fue precedida por títulos, toma de créditos, sistemas de retiro voluntario, aportes extraordinarios, racionalización y privatización de empresas, celebración de diversos pactos con Nación.
Añadió que de no haberse adoptado las quitas salariales la situación de Río Negro "hubiera llegado a extremos insostenibles con serio riesgo de disgregación social, política, económica e institucional". "No se puede legislar sino en el marco de realismo económico que limita tanto al Estado en el gasto como a los ciudadanos en sus derechos, siempre que no sean confiscatorios".
El extenso fallo con innumerables citas -que incluyó hasta Juan Bautista Alberdi- definió al empleo público como un típico contrato administrativo que "no puede examinarse con las bases de los principios del derecho laboral común".
Además, resaltó que el empleo público conlleva también una serie de beneficios, como la estabilidad, adicionales y licencias, entre otros. Los jueces descalificaron la intangibilidad y el derecho adquirido, entendiendo que la resolución de la Cámara que hizo lugar a los reclamos tuvo "una interpretación parcial carente de sustento legal y constitucional".
Consideraron que no se afectaron derechos adquiridos pues las normas cuestionadas "no tienen efectos retroactivos". (AV)

Una causa por 15.000 acciones

La jurisprudencia de la Corte respecto que es facultad de cada provincia fijar su propia política salarial fue otro pilar del fallo del STJ.
Además este precedente cerraría la puerta de los estatales denunciantes de llegar con el reclamo hasta el máximo cuerpo judicial de la Nación.
Más de 400 expedientes en toda la provincia iniciados por unos 15.000 estatales esperaban la resolución del STJ en este tema para tener certeza de lo que sucedería con sus propios reclamos.
De haber sido favorable el fallo, la provincia tendría que haber afrontado el pago de una cifra superior a los 150 millones de pesos para devolver los descuentos realizados a los denunciantes.
En la sentencia los jueces el STJ destacaron además que el empleo público "goza de diversas prerrogativas que son extrañas a la esfera del derecho privado como el régimen de "estabilidad" mientras los privados pueden determinar la rescisión unilateral del contrato a través del despido".
En otra parte, en referencia a resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que estuvo presente en todo el recorrido de la sentencia se puntualizó que ese cuerpo definió que "el gobierno está facultado para sancionar leyes que considere conveniente con el límite de que tal legislación sea razonable y no desconozca las garantías y las restricciones que impone la Constitución". (AV)

Río Negro recibió fondos federales y avanzará con pagos docentes

VIEDMA (AV).- El gobierno provincial anunció la continuidad del pago de salarios de setiembre, a partir que confirmó ayer la transferencia de cuatro millones de pesos remitidos por la Nación a cuenta del Fondo Fiduciario.
Según una gacetilla de prensa, Economía depositará el próximo lunes los haberes correspondientes a los docentes de Viedma, Cipolletti, General Roca y Allen. Mientras tanto, el martes 6 se prevé la acreditación de los sueldos de los maestros de Bariloche, El Bolsón y Villa Regina.
El sector docente todavía no incluido en el cronograma oficial exige una disponibilidad algo más de un millón de pesos pero el secretario de Hacienda, Pablo Verani afirmó que durante la semana se finalizará -por lo menos- con la totalidad de los maestros. Para completar quedan por cobrar los organismos de control, el poder Judicial y gran parte de la Legislatura

Frente contra la Pobreza

Un grupo de legisladores de Río Negro presentaron un proyecto de apoyo a la consulta popular que entre el 13 al 15 de diciembre realizará el Frente Nacional contra la Pobreza con el objeto de que la ciudadanía se pronuncie en relación a un seguro de empleo y formación (380 pesos para los jefes de hogar desocupados); una asignación universal de 60 pesos por hijo menor de 18 años; y una asignación no inferior a la jubilación mínima para los mayores de 60 años (mujeres) y 65 años (varones) sin ingresos.
Ante esa iniciativa, legisladores de los cuatro bloques propician declarar de interés social esa consulta popular. El proyecto de declaración lo firman Iván Lázzeri (Alianza), Eduardo Rosso y Ebe Adarraga (Justicialismo), Eduardo Chironi y Guillermo Wood (Frente Grande) y Guillermo Grosvald (Movimiento Patagónico Popular).
Los diputados destacaron que "es necesario facilitar los medios para que la organización convocante pueda llevar a cabo la consulta con la más amplia participación posible de la población". Afirmaron que la implementación de la propuesta se calculan en aproximadamente 11.473 millones de pesos.

Foto: Los jueces Víctor Sodero Nievas y Alberto Balladini fundamentaron juntos y votaron por el recorte mientas Luis Lutz se abstuvo.

   
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