Domingo 4 de noviembre de 2001 | ||
MAS INFORMACION |
Promoción de iniciativas privadas para la obra pública |
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Decreto Nº 1379 |
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Buenos Aires, 1 de noviembre de 2001 VISTO el Expediente Nº 025-000882/01 del Registro del MINISTERIOR DE INFRESTRUCTURA Y VIVIENDA, la Ley Nº 23.696 y el Decreto Nº 436 de fecha 30 de mayo de 2000 y sus normas complementarias, y CONSIDERANDO: Que una de las funciones fundamentales del ESTADO NACIONAL consiste en alentar la iniciativa privada dirigida al bien común, motivado a los particulares a realizar actividades que redundan en beneficio del interés público, a través de diversos tipos de incentivos. Que la Ley Nº 23.696 previó la posibilidad de aplicar el régimen de iniciativa privada para la realización de obras públicas, incorporando esta figura al régimen previsto por la Ley Nº 17.520. Que el Reglamento para la adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del ESTADO NACIONAL, aprobado por el Decreto Nº 436/00 y sus normas complementarias, prevé en sus artículos 37, inciso c), y 40, la posibilidad de que los interesados presenten iniciativas privadas para celebrar contratos con el ESTADO NACIONAL, siempre que las mismas sean novedosas u originales o impliquen una innovación tecnológica o científica, y contengan los lineamientos que permitan su identificación y comprensión, así como la aptitud suficiente para demostrar la viabilidad jurídica, técnica y económica del proyecto. Que resulta conveniente autorizar al MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA para la adopción de un régimen para la presentación de iniciativas privadas dentro del ámbito y materias de competencia de dicha Cartera, promoviéndose así, la participación del sector privado en la satisfacción de demandas de interés general. Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS DEL MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA. Que el presente se dicta en uso de las facultades emanadas del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL. Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: ARTICULO 1º.- Autorizase al MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA a definir, reglamentar y aprobar un régimen de promoción de la iniciativa privada para la celebración de contratos administrativos en todos los ámbitos y materias de su competencia, debiendo dicho régimen ajustarse a las disposiciones aplicables de la Ley Nº 23.696 y del Decreto Nº 436/00 y sus normas complementario. ARTICULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DECRETO Nº 1379 DR. FERNANDO DE LA RÚA Presidente de la Nación Argentina DR. CHRYSTIAN GABRIEL COLOMBO Jefe de Gabinete de Ministros ING. CARLO MANUEL BASTOS Ministro de Infraestructura y Vivienda DR. DOMINGO FELIPE CAVALLO Ministro de Economía |
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