Sábado 13 de octubre de 2001 | ||
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Condenan a dos policías por golpear a menores |
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El hecho ocurrió en Bariloche en 1998 y los uniformados, pertenecientes al grupo BORA, dijeron que los detuvieron en averiguación de un hecho delictivo y que habían atacado con piedras al móvil en que se desplazaban. Los jueces afirmaron que los abollones del vehículo no se correspondían con pedradas y que los testimonios y certificados médicos corroboran la versión de los menores. Les dieron un año de prisión en suspenso y realizarán un curso de derechos humanos. |
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SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- Los jueces de la Cámara Segunda del Crimen condenaron a un año de prisión en suspenso y dos de inhabilitación para ejercer funciones policiales al ex jefe del Bora y a un suboficial a su cargo por el delito de "vejaciones en acto de servicio" que se sanciona con penas de hasta cinco años de prisión. La condena está referida a un hecho ocurrido el 25 de noviembre de 1998 en las calles de la ciudad, a las 20.30, cuando los imputados, el oficial principal Eduardo González y el cabo Juan García, detuvieron sin causa aparente a tres menores, los obligaron a subirse a un vehículo policial, los tomaron de los cabellos y los golpearon en distintas partes del cuerpo con las manos y sus bastones. Luego de la agresión los imputados llevaron a los menores hasta la comisaría Segunda del Centro Cívico, y al día siguiente, al saber que habían sido denunciados, iniciaron una causa por presunto "atentado a la autoridad". Sin embargo, los jueces entendieron que los policías habían urdido la causa para encubrir lo que realmente aconteció. Los responsables de los menores hicieron que los revisara el médico forense, quien constató diversas lesiones en los tres damnificados, y realizaron la denuncia en la fiscalía . La versión de los policías González expuso que esa noche realizaban un operativo con el furgón del grupo Bora, con motivo de un robo calificado, y que en la esquina de Elflein y Rolando fueron atacados a pedradas por un grupo de jóvenes. Explicó que momentos después pudieron identificar a los atacantes y trataron de interrogarlos, pero como guardaron silencio decidió llevarlos a la comisaría. Aseguró que no los golpearon y que tampoco llevaban bastones ni otro elemento disuasivo, y que los entregaron en perfectas condiciones en la unidad policial. El fiscal Enrique Sánchez Gavier sostuvo el reproche contra los acusados y tanto él como los jueces entendieron que con los testimonios de las víctimas y las certificaciones médicas el hecho estaba acreditado con certeza. Desestimaron la declaración del sargento que oficiaba de chofer y testimonió en favor de los imputados, y las excusas sobre las piedras arrojadas, porque la pericia demostró que los abollones que presentaba el vehículo no correspondían a pedradas. "No me cabe duda que, tal como refirieron las víctimas, cuál es la peligrosa situación que pasaron al converger el trío con el móvil policial", expuso en la sentencia el juez César Lanfranchi. El magistrado, en voto al que adhirieron los jueces Silvia Baquero Lazcano y Edgardo Camperi, entendió que el entonces jefe del grupo Bora y su subordinado les cortaron el paso a los menores, los detuvieron de manera ilegal "y los golpearon brutalmente para exhibir su poderío". Como pauta de conducta especial, además de someterse a patronato, la sentencia le impuso a los condenados realizar estudios sobre derechos humanos y deontología profesional. Prisión en suspenso por un ataque a traición SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB)- La Cámara Segunda condenó a seis meses de prisión en suspenso a un joven que atacó de manera imprevista a un menor y le provocó una doble fractura del maxilar inferior. |
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