Jueves 13 de setiembre de 2001

 

Para la Fiscalía es "no reprochable" el contrato Verani-Mocciola

 

El fiscal Carlos Malaspina entendió que el gobernador firmó un convenio con una empresa que es una persona jurídica diferente de la persona física. Domingo Mocciola es propietario de una firma constructora proveedora del Estado rionegrino y de la frutícola Miele SA.

  VIEDMA (AV).- La Fiscalía de Investigaciones calificó de "no reprochable" el contrato privado del gobernador Pablo Verani con el empresario y proveedor estatal, Domingo Mocciola.
El fiscal Carlos Malaspina ratificó que Mocciola es dueño de la constructora y también de Miele SA pero desestimó incompatibilidades ya que Verani firmó un convenio frutícola con la última empresa que es "una persona jurídica diferente a la persona física" del empresario de la construcción.
La actuación de la Fiscalía se originó por una investigación de "Río Negro" en relación a la participación en las obras públicas de esa constructora y el simultáneo contrato que Mocciola firmó con Verani para la explotación privada de la chacra del gobernador.
El expediente de Fiscalía se inicia con 28 páginas de la desgravación de la conferencia que ofreció el mandatario para refutar la investigación. Luego, se repiten respuestas del IPPV, Fiscalía de Estado, Obras Públicas, entre otras respuestas oficiales a solicitudes de Malaspina.
La evaluación se centró en dos cuestiones: el sistema de contratación de obras públicas y el contrato privado Verani con Miele SA.
El análisis consideró la contratación directa del Plan Habitacional 2000. No analizó anteriores adjudicaciones, ni otras resoluciones, como la asignación en 1997 de obras por más de seis millones para cancelar deudas que la constructora tenía con la provincia. Tampoco, la relocalización en 1998 de dos planes que debía construir en Bariloche y que levantó en el Alto Valle con igual costo de región fría, salvo que incorporó algunos metros a cada unidad.
Malaspina entendió que Verani disponía de la ley 3303 para la contratación directa, que definió como "la voluntad expresada por el Legislativo". Agregó que la Fiscalía no puede cuestionar ese instrumento, que sólo puede revocarlo aquel Poder o sentencia de la Justicia. Luego, el Fiscal consideró el decreto 140/00 que fija el sistema de reparto de obras públicas y lo calificó como "lo que se denomina pliegos de bases y condiciones que se utiliza en cualquier contratación".
Consideró que "la regla debe ser la licitación" pero que "se pueden utilizar otros sistemas alternativos" cuando al gobernador se le otorgan esas facultades. En este punto, Malaspina concluye que "no se advierte conducta reprochable" en la aplicación del Plan Habitacional 200.
En el segundo análisis, el fiscal relata que Verani firmó un contrato con Miele SA para entregar por 10 años parte de su parcela para su explotación frutícola.
El convenio fue suscripto en junio de 1996. Rápidamente, Malaspina aclaró que se trata de una empresa distinta ya que el "arrendamiento no es con Mocciola sino con Miele".
Ratificó saber que Mocciola es dueño de Miele SA pero afirmó que "una persona jurídica es distinta a las personas físicas que la componen como accionistas".
También, consideró y avaló que el gobernador mantenga renta por la posesión de "bienes de su propiedad que puede ser arrendado a tercero, sin que signifique otro empleo".
Concluyó que el convenio está "dentro del marco jurídico" y "no se advierte conducta reprochable".
En otra parte, agregó que a ese organismo le compete merituar las conductas que originan perjuicio al Estado mientras consideró que también "existe una responsabilidad política" de la que resultan responsables las autoridades del gobierno.
   
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