Miércoles 5 de setiembre de 2001

 

Ordenan al Ipross incorporar como prestadora a clínica de Bariloche

 

La resolución de un amparo dictada por una cámara de Apelaciones dispuso que la clínica San Carlos debe ser inscripta como prestadora en igualdad de condiciones con el resto de los nosocomios de Bariloche. Dos jueces se pronunciaron por reincorporarla y otro por rechazar el planteo.

  SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB)- La Cámara de Apelaciones en lo Civil de esta ciudad emplazó al Ipross, a la Federación Médica y a la Federación de Clínicas de Río Negro para que "en el término de cinco días" incorporen al sanatorio San Carlos como prestador de la obra social.
El tribunal hizo lugar al amparo del directorio del centro asistencial en febrero porque le negaban la posibilidad de atender afiliados del Ipross.
El director del San Carlos, Emilio Marpegan, expresó ayer su satisfacción por el fallo y reconoció que para esa empresa tiene un alto significado económico, ya que el Ipross concentra en esta ciudad a 5.846 afiliados directos y 8.547 familiares a cargo.
La orden judicial está dirigida también a las dos federaciones porque, en virtud de un contrato suscripto en 1999 con el Ipross, actúan como administradoras de las prestaciones.
El fallo fue dividido, ya que el juez Luis Escardó votó por rechazar el planteo del San Carlos, pero sus pares Horacio Osorio y Edgardo Camperi argumentaron en contrario e impusieron por mayoría su opinión favorable al recurso. Tal vez eso explique en parte por qué la resolución demoró seis meses, pese a tratarse de un amparo. El sanatorio recurrió a la justicia luego de dos años de reclamar sin éxito que el Ipross lo reincorpore como prestador.
El juez Escardó dijo que de las respuestas dadas por Feclir a los requerimientos del tribunal "surge la inexistencia de una oposición a la pretensión de la amparista de ser reconocido como prestador".
Con otro enfoque, Osorio y Camperi determinaron que "no existe un solo motivo que justifique" la exclusión del sanatorio de la lista de prestadores del Ipross. Apuntaron además que las dos federaciones involucradas recibieron requerimientos del tribunal para que digan qué impedimentos pesaban sobre el sanatorio San Carlos, "obligación que ha sido ostensiblemente incumplida".
Encontraron "arbitraria y abusiva" la negativa de integrar al sanatorio como prestador del Ipross. Señalaron también que el conflicto en cuestión no pertenece al derecho privado -"donde una persona puede válidamente negarse a contratar con quien no desea"- sino al derecho público.
Esto en razón de que el sanatorio "pretende prestar sus servicios a los afiliados de la obra social provincial, permitiendo a éstos elegir una alternativa más a su alcance (...) con el consiguiente beneficio que esta situación conlleva".
Detrás de la pulseada que finalmente debió dirimirse en tribunales, existe una añeja disputa entre los principales referentes del San Carlos y el grupo de médicos identificados con la conducción de la Federación Médica, cuyo principal referente local es el ex funcionario provincial Pedro Mazzoleni.
Al presentar el amparo, los directivos del sanatorio aseguraron que sólo esa Federación se negaba a admitirlos como prestadores, mientras que el Ipross y la Feclir no tenían ninguna objeción.
   
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