Sábado 11 de agosto de 2001 | ||
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La Corte Suprema falló contra jubilados rionegrinos |
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Desestimó el cobro por sumas no remunerativas.Anses había retirado ese pago parcial en 1997. |
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BUENOS AIRES/VIEDMA (DYN/AV).- La Corte Suprema de Justicia desestimó ayer toda posibilidad que los jubilados rionegrinos recuperen pagos previsionales por sumas no remunerativas. Una gran cantidad de los 11 mil beneficiarios transferidos a Nación en 1.996 contaban con algún aporte de sus jubilaciones que respondían al concepto "no remunerativo" pero, a los pocos meses, el ANSeS suspendió el equivalente por ese monto, que originó bajas promedios del 5 al 10 por ciento. Innumerables gestiones se cumplieron a partir de esa determinación. El propio gobernador Pablo Verani insistió que Río Negro lograra igual tratamiento de los jubilados de Jujuy que habían logrado un reconocimiento por esos conceptos y no sufrían retenciones en relación a sus haberes anteriores a la transferencia. Pero, aquella provincia compensó aquel logro ante Anses con la normalización en el pago previsional de los activos porque eliminó toda suma no remunerativa. Simultáneamente, un grupo de pasivos de Río Negro presentó una demanda ante la Corte Suprema de Justicia. El argumento rionegrino se centró que existía un marco legal provincial que avalaba a la Caja de Previsión Social en la conformación del cálculo previsional incluso con los montos no remunerativos que el Estado incorporó especialmente para mejorar los haberes mínimos en la ley 1.844, docentes y organismos descentralizados. Otro argumento de los demandantes se basaba que el convenio de traspaso del sistema rionegrino a Nación prometía respetar las condiciones previsionales en ese momento, salvo la revisión del otorgamiento de los beneficios. Esas fundamentaciones de los jubilados de Río Negro no fueron suficientes ya que la Corte Suprema desestimó el reclamo de parte del beneficio suspendido y así se lo informó ayer a la Administración Nacional de la Seguridad Social. Sin naturaleza salarial Según la información tribunalicia, el organismo previsional debería suspender el pago por las sumas no remunerativas pero el mismo se retiró en 1997 después de un primer relevamiento técnico. Allí, la Anses comprobó que "jubilados y pensionados del régimen rionegrino percibían "sumas fijas carentes de naturaleza salarial" (tal como menciona el fallo) por las que nunca se habían realizado los descuentos de haberes con destino a seguridad social, afirmaron fuentes judiciales. Si bien existía un fallo de primera instancia favoreciendo a uno de los pasivos demandantes, la Corte Suprema lo revocó por considerarlo "dogmático". Además de reprochar lo actuado por la Sala I de la Cámara del fuero, los ministros del máximo tribunal recordaron que las normas provinciales prohibían de modo expreso el cómputo de asignaciones que no hubiesen generado aportes al sistema de seguridad social. En Viedma, la resolución de la Corte sorprendió a la dirigencia que representa al sector pasivo porque existía optimismo por un fallo favorable. Existía una inicial resolución judicial que respaldaba el argumento rionegrino pero, además, hace varios años, un voluminoso expediente de jubilados de las fuerzas armadas también habían logrado un reconocimiento previsional por conceptos no remunerativos. Un método inadecuado para introducir reformas en la Justicia Con el argumento de adecuar el gasto salarial del Poder Judicial a las condiciones generales que marca la crisis, el Poder Ejecutivo rionegrino ha avanzado sobre cuestiones que son propias y privativas de la Justicia. Alicia Miller |
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