Jueves 5 de julio de 2001

 

Dura resistencia a la concesión del aeropuerto neuquino

 
  NEUQUEN (AN).- La senadora Silvia Sapag promovió ante el Tribunal Superior de Justicia un acción de inconstitucionalidad del decreto por el cual el Poder Ejecutivo convocó a una licitación nacional para la concesión del aeropuerto de esta capital. Paralelamente solicitó la suspensión de ese decreto hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo. Este es el segundo revés que sufre la iniciativa oficial de entregar a manos privadas la operación de la aeroestación. La primera partió de los propios empresarios. La firma London Suply, una de las tres que se presentó a la licitación, impugnó el acto de apertura de ofertas por considerar que hubo cambios en las condiciones del pliego.
Silvia Sapag, quien está en campaña para su reelección como senadora nacional, con el patrocinio legal de Roberto Ciria, presentó la acción de inconstitucionalidad en el convencimiento de que el decreto 631 del 11 de abril último es una "expresa, clara y manifiesta violación y contradicción" de lo que establece el artículo 237 de la Constitución de la provincia.
Según ese artículo los servicios públicos "estarán a cargo del Estado provincial, municipal, entes autárquicos o autónomos o cooperativas populares en las que podrán intervenir entidades públicas". Establece además que "no se otorgarán concesiones que puedan constituir monopolios". Señala la legisladora en su escrito que la resolución 108 del ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos aprueba las normas aclaratorias del pliego licitatorio a través de la circular número 2 en la que "textualmente se aclara que se trata de una concesión de servicio público" y cita: "es dable aclarar asimismo que por la naturaleza jurídica de la licitación debe entender que la misma corresponde a una concesión de servicio público".
El pliego de bases y condiciones determina que la concesión tendrá carácter de "exclusiva" y en las bases del llamado se define la exclusividad: "ninguna autoridad o persona pública estatal o no estatal podrá otorgar bajo ninguna forma a terceros ni prestar por sí misma las actividades objeto del contrato de concesión".
Esta exclusividad representa para la senadora una "autoeliminación del Estado para no hacer lo que el artículo 237 de la Constitución le impone" y por lo tanto constituye "gravedad institucional y requiere la suspensión inmediata de los efectos del decreto 0637".
En el escrito además, Sapag señala que el aeropuerto Juan Domingo Perón es el único en la provincia que puede canalizar un tráfico aéreo relevante.
   
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