Viernes 6 de julio de 2001

 

Un fallo reconoce persecución política en el Estado

 

Ordenan indemnizar a funcionario degradado durante gestión de Sapag.

  NEUQUEN (AN).- A raíz de una demanda contra la provincia presentada por el actual presidente de Cormine, Martín Palacios, el Tribunal Superior de Justicia acaba de emitir un fallo en el que se habla, por primera vez en una sentencia, de persecución política en el Estado neuquino.
Los vocales del cuerpo ordenaron indemnizar al funcionario, que fue degragadado durante el gobierno de Felipe Sapag, con una suma que ronda los 100.000 pesos.
Palacios es un funcionario de carrera que durante dos gestiones fue director provincial de Minería de Neuquén y entre 1991 y 1995 -bajo la primera administración de Jorge Sobisch- presidente de Cormine, el mismo cargo que ahora ocupa.
Cuando terminó el gobierno de Sobisch (diciembre de 1995) Palacios no sólo tuvo retenido durante 8 meses el sueldo en Neuquén -vivía en Zapala- sino que además su categoría en el escalafón del Estado fue disminuida, a pesar de que no correspondía.
Esta situación le significó un descuento salarial de unos 1.000 pesos mensuales, según detalló en su presentación ante el TSJ, que es el único tribunal que entiende en demandas contra el Estado. Palacios sufrió serios trastornos de salud, según quedó probado en la causa. Además debió consumir parte de sus ahorros, aunque para el Tribunal Superior ello no significa un daño.
Los vocales Arturo González Taboada, Fernando Macome, Marcelo Otharán y Rodolfo Medrano estuvieron de acuerdo con su par Armando Vidal en la resolución: la provincia debe reintegrarle a Palacios la porción del sueldo descontada durante cuatro años y además pagarle 25.000 pesos por el daño causado. A esa suma debe añadirse un interés cercano al 15 por ciento anual multiplicado el tiempo que pasó desde diciembre de 1995 hasta ahora.
Luego de realizar la presentación ante el TSJ, Palacios añadió puntos a su demanda. Dijo que "la discriminación efectuada es de neto origen político" y se basó en que otros funcionarios de carrera en sus mismas condiciones revistaban en la categoría que a él le habían negado.
En este caso "los límites de la discrecionalidad organizativa de la administración han sido vulnerados, quedando acreditado que más allá de una cuestión de organización, el accionante (por Palacios) prácticamente fue colocado fuera de la misma, al no asignársele tarea específica alguna acorde a su categoría profesional dentro de la dirección de Minería, en la cual dada sus específicas capacidades se desempeñaba", se lee en el voto de Vidal, el único de la sentencia.
Lo que ocurrió con este funcionario "constituye un accionar irrazonable y arbitrario que, en los términos explicitados en el considerando XXV, importan la aplicación de una suerte de sanción encubierta". Este párrafo de la sentencia es nuclear porque el considerando al que hace mención es el que cita parte de la denuncia: "abruptamente Palacios, por obra y gracia de la persecución política o de quién sabe qué otros oscuros designios, pasa de un día para otro a ocupar un insignificante despacho".
Desde que estalló la interna del MPN, las denuncias de persecuciones políticas con los empleados públicos fueron moneda corriente en todas las gestiones, sobischistas o felipistas, pero hasta ahora nunca un hecho de estas características había quedado probado en una sentencia del máximo tribunal de la provincia.
   
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