Miércoles 18 de julio de 2001 | ||
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El jefe de la banda del desarmadero seguirá preso |
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Daniel Venezia fue condenado a siete años de prisión por liderar la banda que vendía repuestos y partes de autos robados. El TSJ rechazó el recurso de casación y sus abogados anticiparon ahora que recurrirán a la Corte Suprema. |
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NEUQUEN (AN) - El jefe de la banda del desarmadero, Daniel Alberto Venezia, perdió otra batalla judicial y seguirá preso para cumplir la condena de siete años que le impuso el año pasado la Cámara Criminal Primera. Sin embargo, como lo habían anticipado, los abogados del empresario del rubro automotor ratificaron ayer que seguirán recursando el falllo: ahora elevarán el planteo ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Venezia lideraba desde un desarmadero que poseía en Buenos Aires una organización que se dedicaba a vender autopartes de vehículos robados. En esta ciudad operaba a través de Repuestos Sur, un negocio ubicado en la calle Linares que era conducido por uno de sus hermanos. La maniobra se descubrió, precisamente, a los pocos meses de que asentaron sus negocios en esta ciudad. El comercio ganó rápidamente fama entre los comerciantes y talleristas de la zona: vendía repuestos a menos de la mitad de su valor. Las sospechas llegaron a la Justicia y se puso en marcha una investigación que estuvo a punto de naufragar, cuando desde altos sectores del poder habrían avisado a los Venezia que estaban detrás de sus pasos, para que encubrieran su accionar. La acusación recayó en el entonces ministro de gobierno, Carlos Silva, quien si bien reconoció haber participado de una reunión en la que presuntamente había miembros de la banda, negó en forma terminante haber dado alguna información de la investigación que se realizaba. El fiscal del caso manejó una grabación de ese encuentro. El ex funcionario fue sobreseído en el proceso. Los abogados de Venezia, Oscar Pandolfi y Marcelo Inaudi, cuestionaron numerosos aspectos del fallo para fundar la casación. Entre esos puntos fustigaron la inclusión de 173 casetes en el momento del juicio; la validez de las escuchas telefónicas -una de las principales pruebas en que se basó la acusación-; el cruzamiento de las intervenciones telefónicas; actas del allanamiento al depósito de calle Linares; la jurisdicción de la justicia neuquina para procesar al imputado, ya que sostienen que el juzgamiento debió hacerse en Buenos Aires; la condición de jefe, porque no hubo prueba que lo demostrara; sostienen que una interpretación errónea del principio de cosa juzgada afectó la defensa del condenado -referida al juicio anterior en que se condenó a otros miembros de la banda. Los planteos fueron rechazados por Tribunal Superior de Justicia y, en algunos casos, aludiendo a fundamentos empleados para rechazar un recurso de casación presentado por los otros condenados en la misma causa y en otros avalando los argumentos del tribunal que lo condenó en primera instancia. El fallo fue dictado por el vocal Arturo González Taboada, con la adhesión de Marcelo Otharán, Armando Vidal, Fernando Macome y Rodolfo Medrano. "No estamos conformes con la resolución y vamos a elevar nuestro planteo recusatorio a la Corte Suprema. El trámite lo haremos apenas termine la feria judicial", dijo ayer Inaudi. |
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