Sábado 7 de julio de 2001 | ||
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Condenaron a los secuestradores de una mujer |
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Dos procesados recibieron más de cinco años.Otros dos acusados fueron absueltos. |
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NEUQUEN (AN) - La justicia condenó a dos de los sospechosos de haber humillado a una mujer, sometiéndola a un trato cruel bajo amenazas de muerte, golpearla y robarle todas sus pertenencias. Después del aberrante hecho, la dejaron abandonada, en plena madrugada, en el balneario de la calle Gatica. Los otros dos imputados, ante la falta de acusación fiscal, fueron absueltos. Los condenados fueron Daniel Andrés Sáez, de 27 años, a cinco años y tres meses de prisión, y Wálter Pablo Ramírez, de 21, a cinco años de cárcel, quienes fueron hallados culpables del delito de robo con armas, en perjuicio de la víctima. Al primero, además le imputaron el hurto a una vivienda, hecho cometido apenas unas horas antes que el salvaje ataque a la mujer. Las penas aplicada fueron, en definitiva, las que había pedido en su acusación el fiscal Jorge Otegui. En tanto Ramón Rivera, de 27 años y Roberto Esparza, de 21, quienes fueron defendidos por los doctores Gustavo Vitale y Pedro Rolando Villazuso respectivamente, a quienes también se los acusaba del robo a la empleada gastronómica, fueron absueltos y recuperaron la libertad. En estos casos el fiscal, ante la falta de elementos probatorios, se abstuvo de acusarlos y consecuentemente se aplicó la jurisprudencia que sostiene que deben ser liberados de culpa y cargo. El tribunal de la Cámara Criminal Primera, con el primer voto de la doctora Cecilia Luzuriaga de Valdecantos y la adhesión plena de sus pares Roberto Fernández y Jorge Sommariva, le atribuyó la responsabilidad de los cargos a los condenados y falló por unanimidad. Los jueces aceptaron el planteo de nulidad que en sus alegatos hicieron los defensores Eduardo Goncevatt (de Sáez) y Rubén Córdoba Escales (de Ramírez) por el secuestro de un revólver y un cuchillo, que los efectivos policiales realizaron del auto Fiat Palio de Sáez. Los abogados cuestionaron, y el tribunal les dio la razón, la ilegalidad del procedimiento por irregularidades cometidas por los funcionarios policiales. Sin embargo, igualmente dieron por acreditado el empleo de las armas en el ataque a la mujer. "Las lesiones, escoriaciones que el médico constató en la cara y el tobillo de la víctima, son coherente con el relato que hizo ante el tribunal. Al contar la odisea que soportó, se mostró segura de que fue Ramírez el que le puso el cuchillo en el cuello y le dijo que si se resistía la hacía boleta", consignaron los jueces en el fallo. "Tiene razón el doctor Goncevatt -similar fue el planteo de Córdoba Escales-, las armas no estaban expuestas al momento de ser secuestradas del auto y por lo tanto los policías no corrieron peligro. Pero hay pruebas independientes del irregular accionar policial", opinaron los jueces. Enumeraron entonces los restantes secuestros -el celular, prendas de vestir- del auto de Sáez y del basural donde los agresores golpearon y atormentaron a la víctima, entre otras humillaciones colocándole el cuchillo en el cuello y el caño del revólver en la boca. A Sáez además le atribuyeron el hurto de electrodomésticos de una vivienda del barrio Cumelén, apenas un rato antes del otro episodio. Los elementos fueron secuestrados del baúl del auto del condenado. Al momento de fijarles las condenas, se tuvieron en cuenta la falta de antecedentes penales de los imputados y su bajo nivel socio-cultural. |
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