Sábado 7 de julio de 2001

 

Condenaron a prisión a un comisario de Neuquén

 

Lo sorprendieron cuando se llevaba ropas sin pagar de una tienda del Bajo de la ciudad. Al allanar su casa encontraron electrodomésticos y muebles de un secuestro judicial, que estaban bajo su custodia. El fiscal había pedido una pena en suspenso, pero el tribunal dispuso que se lo prive de la libertad y se lo inhabilite a perpetuidad para cumplir su profesión. El defensor había planteado una serie de nulidades, pero no prosperaron. Anticipó que apelará el fallo.

  NEUQUEN (AN) - En un hecho sin antecedentes en la provincia, al menos en los últimos años, la justicia condenó a tres años de prisión efectiva a un comisario que sorprendieron "in fraganti" hurtando ropas de una tienda y usufructuando un electrodoméstico y muebles secuestrados en una causa judicial, que había llevado a su vivienda particular. También lo inhabilitaron a perpetuidad absoluta para desempeñar cargos en la administración pública.
La pena recayó en el comisario Juan Carlos Pino, quien cuando fue procesado era el jefe de la Comisaría Segunda, una de las más importante de la ciudad por el ámbito de su jurisdicción. El tribunal de la Cámara Criminal Primera, integrado por Roberto Fernández como presidente y Cecilia Valdencantos y Jorge Sommariva como vocales, falló por unanimidad y transformó en efectivo cumplimiento los tres años de prisión que el fiscal, Jorge Otegui, pidió que fueran en suspenso.
La condición de autoridad policial, con un cargo de alta jerarquía y el hecho de haber cometido el hurto en el ámbito que precisamente le había sido confiado para su vigilancia, fueron elementos gravitantes en el ánimo de los jueces, a la hora de dictar la sentencia (ver aparte).
Pino fue sorprendido llevándose ropas sin pagar de la tienda Balbi, del bajo de la ciudad, en junio de 1999. Los empleados del comercio lo vieron cuando arrancó la etiqueta de un saco que se estaba probando y se lo dejó puesto y cuando se fue del negocio con un canasto repleto de prendas, sin pasar por las cajas.
Los custodias, que eran subordinados suyos ya que prestaban servicio bajo su mando, lo interceptaron junto al gerente de la firma, cuando intentaba irse en un auto con las ropas sustraídas. El saco lo llevaba puesto.
Ante el requerimiento de los empleado de que devolviera las cosas, Pino ínicialmente negó la acusación, pero al verse desbordado por las evidencias bajó del auto y entregó la canasta que había colocado en el baúl. Se llevaba cinco pantalones, dos chalecos, dos pares de media, un conjunto de mujer y otra remera de dama. Además del saco.
Mientras ensayaba algunas explicaciones -"lo hice porque andaba con algunas urgencias económicas", le dijo el gerente-, la mujer que lo acompañaba aceleró el auto y se dio a la fuga.
La mujer, que se domiciliaba en San Martín de los Andes, fue procesada, pero se benefició con la suspensión del juicio a prueba.
El juez Juan José Gago que intervino en el hecho ordenó allanar al día siguiente la casa de Pino, de donde se secuestró una campera que se llevó sin pagar, además de dos toallas y un slip, que la mujer sí había pagado.
El relato del hurto de las ropas por parte de Pino fue respaldado por muchos testigos y la defensa ejercida por el abogado Rubén Córdoba Escales, sólo cuestionó la legalidad del allanamiento a la vivienda, que fue desestimada.
En la casa de Pino se encontró una heladera, un placard y una mesa plegable, que pertenecían a un secuestro judicial y se las había llevado para su uso.
Pino argumentó que había llevado los muebles porque en la comisaría se estaban deteriorando. Dijo que había pedido autorización al juez, sin embargo, sus subordinados y el magistrado respectivo lo desmintieron.
El condenado no asistió a a lectura del fallo, pero su defensor anticipó que plantearán un recurso de apelación.

"Si no escapó, fue porque se lo impidieron"

NEUQUEN (AN) - "Si el autor no se escapó -con las ropas sustraídas en la tienda-, en el auto que lo esperaba en marcha con la mujer al volante, fue por la oportuna intervención de terceros que se lo impidieron, pero no por idoneidad o imposibilidad de los medios empleados", sostuvieron los jueces, para sostener que el hurto intentado por el comisario Pino fue absolutamente planificado.
Al momento de fijarle la pena, que cabe señalar el fiscal había pedido que fuera condicional, los jueces enfatizaron en la condición de policía de alta jerarquía del imputado.
"No sólo era un policía, era un comisarío y además jefe de la unidad que precisamente tenía jurisdicción en el comercio donde sustrajo las mercaderías y donde prestaban servicio dos custodias que eran subordinados suyos", remarcaron los integrantes del tribunal.
Destacaron además que el tipo de episodio protagonizado por Pino "patentiza el alarma social por hechos de público conocimiento, en momentos en que la sociedad clama por garantías de su seguridad".
Añadieron que la censurable actitud del comisario acrecientan las faltas de credibilidad en instituciones que deben velar e intensificar la seguridad pública de la población y tiende un manto de sospecha sobre los funcionarios policiales que cumplen lealmente sus obligaciones.
Un párrafo especial le dedicaron a la apropiación de los muebles de un secuestro judicial, ya que ante el planteo de un camarada, Pino "le mintió" -sostuvieron los jueces- diciéndole que estaba autorizado por el juez para llevárselos a su casa. El argumento era falso, según se verificó.

   
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