Miércoles 6 de junio de 2001 | ||
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Primera ligadura de trompas en el Heller |
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Por tratarse de motivos de salud, no hubo que pedir autorización judicial. De esta manera, el nosocomio hizo su debut en este tipo de cirugías. En el Castro Rendón se realizan cinco o seis operaciones al año. |
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NEUQUEN (AN).- Por motivos de salud una mujer de 34 años fue sometida a una ligadura de trompas en un hospital público de Neuquén, donde este tipo de intervenciones no son habituales. Es la primera efectuada en el Hospital "Horacio Heller" mientras que el "Castro Rendón", el principal establecimiento sanitario de la provincia, efectúa no más de cinco o seis al año. La cirugía fue realizada el viernes pasado por especialistas del servicio de obstetricia del hospital ubicado en el sector oeste de la capital, sin mediar una orden judicial: fue prescripta por los médicos. En la provincia de Neuquén las ligaduras tubarias están expresamente prohibidas por la ley 578 que regula el ejercicio de la medicina, excepto que exista una indicación terapéutica perfectamente especificada. Aún así, muchos profesionales se niegan a realizar esta práctica de no mediar una autorización judicial previa. La mayoría teme ser blanco de la industria de juicios por "mala praxis" y de sanciones dispuestas en el código penal por lesiones irreversibles en el cuerpo, asociadas a la reproducción. "La ley no impide practicar ligaduras de trompas, está prohibida si no está en riesgo la vida de la paciente. En esos casos no es necesaria la intervención del juez y se practica, obviamente, con el consentimiento de la paciente", explicó Ricardo Santoni, director del Hospital "Horacio Heller". En el caso particular de la mujer de 34 años que fue intervenida hace cinco días, la dirección médica del Hospital requirió asesoramiento a la subsecretaría de Salud Pública por "tratarse del primer caso" en ese centro asistencial. Se inició un expediente, donde quedó documentada la patología de base y los riesgos que correría de quedar nuevamente embarazada. Con todo, esta clase de cirugía no es frecuente en la medicina pública. Santoni opina que ello puede deberse a que para ser practicada en un hospital la paciente debe reunir tres condiciones simultáneas: estar en edad fértil, en riesgo de vida y consentir la operación para lograr la infertilidad. En el hospital "Castro Rendón", que es referencial y atiende los embarazos de riesgo, la cifra máxima no supera los "cinco o seis casos al año". Es un tema que está en discusión en la opinión pública y tiene distintos enfoques: el biológico, en el que se circunscribe estrictamente la ley 578, el cultural, el económico y el sociológico. Pone en juego la autodeterminación de la mujer y el derecho de decidir sobre su propio cuerpo. La legislación de la provincia de Río Negro respeta la decisión autónoma responsable de personas que deciden no procrear más. En Neuquén, en cambio, la ligadura de trompas existe únicamente como prescripción médica. Pero la necesidad existe y de hecho, Santoni reveló que "el hospital recibe a muchísimas mujeres que piden ligarse las trompas". La defensoría del Pueblo de Neuquén recibió alrededor de 25 consultas de mujeres en los últimos meses. Patrocinó tres casos, dos fueron definidos por el servicio de obstetricia del hospital Castro Rendón por razones de salud y la restante fue planteada por vía de amparo. Pero además tiene tres presentaciones de amparo más en trámite en la justicia. Con una mirada integradora de lo científico y los derechos humanos, la médica Lucila Zonco, responsable del programa de salud sexual y reproductiva de la provincia, anticipó la elevación de un documento a la Legislatura que promueve la modificación de las leyes que impiden a las mujeres ejercer el derecho de decidir con libertad y responsablemente sobre su propio cuerpo. |
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