Jueves 14 de junio de 2001 | ||
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Confirman la condena a la parapsicóloga Capittini |
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La pena de cinco años y medio para Graciela y cinco años para su hermano José fueron ratificadas, por la defraudación contra Ma-ría Cristina García. Apelarán ante la Suprema Corte de Justicia |
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VIEDMA (AV)- El Superior Tribunal de Justicia confirmó la condena contra la parapsicóloga Graciela Capittini y su hermano José. Es decir, la pena de cinco años y seis meses de prisión a la mujer y cinco años al otro imputado que les dictó la Cámara del Crimen de Viedma en diciembre del año pasado por el delito de "defraudación calificada por circunvención de incapaces". Se los acusó de haberse abusa-do de las debilidades de la personalidad de María Cristina García, logrando que firmara documen-tos que permitieron que los Capittini se apoderaran de una casa y un campo que pertenecían a la mujer que finalmente se suicidó. En el juicio los imputados no pudieron demostrar que compraron los inmuebles tal como lo aseguraron. La confirmación de la sentencia por parte del STJ implica que los hermanos Capittini deberán cumplir efectivamente la condena por superar los tres años de prisión. Pero para ello aún resta que la sentencia quede firme y esta situación se dará cuando el STJ resuelva el recurso extraordinario federal que la defensa adelantó presentará y para lo que tiene un término de 10 días hábiles. Con posterioridad y sin plazos resolverán nuevamente los jueces del STJ. Recién allí se podría ordenar la detención de los Capittini. No obstante ayer mismo el fiscal de Cámara, Juan Ramón Peralta, presentó un escrito a la Cámara del Crimen reclamando que se detenga a los imputados, a pesar que no había sido notificado de la resolución. Llamativamente tampoco fueron informados sobre la determinación del STJ los jueces que dictaron la sentencia. La preocupación manifestada en los pasillos de Tribunales estaba vinculada a que los imputados que residen en la provincia de Buenos Aires permanecerán en libertad, pero notificados sobre la confirmación de la condena impuesta que implica detención. A los hermanos Capittini no se les dictó en ningún momento la prisión preventiva y por ende no se los detuvo por interpretarse que la condena que les correspondería por el delito que se les imputó podría ser de ejecución condicional. A esto se sumó que no tenían antecedentes y que no intentaron eludir el accionar de la Justicia, elementos éstos que deben ser tenidos en cuenta como jurisprudencia obligatoria en base a un fallo dictado por el STJ hace unos años en la causa del exBPRN cuando revocó la prisión preventiva dictada por la Cámara del Crimen contra el exministro Edgar Massaccesi en la causa Lahusen. La falta de antecedentes y su predisposición de no eludir la Justicia le permitieron que recuperara la libertad. La Cámara del Crimen fijó casi la máxima pena a los hermanos Capittini por el delito de "defraudación calificada por circunvención de incapaces" que el Código sanciona con una pena de dos a seis años de prisión. Ade-más anuló las escrituras públicas por las cuales María Cristina García trasfirió a nombre de los Capittini un campo y una casa de su propiedad e hizo lugar a la acción civil promovida y condenó a los hermanos, en forma solidaria, a abonarle a Enrique García -hermano de la víctima- la suma de 562.672 pesos en concepto de indemnización por daño material (lucro cesante), agravio moral e intereses devengados durante el período 1993-2000 a una tasa del 8% anual, dentro de los 10 días de quedar firme esta sentencia. |
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