Viernes 11 de mayo de 2001

 

Juez ordenó que se terminen las "colas" en el Zatti

 

El magistrado Jorge Bustamante hizo lugar a una acción de amparo promovida hace tiempo por un vecino ante "la falta de médicos y atención de gran porcentaje de los pacientes" y ordenó una urgente solución a este problema crónico.

  VIEDMA (AV) - La Justicia ordenó a Salud que en 30 días el hospital Zatti de esta capital cubra "la demanda insatisfecha de atención".
En la resolución se emplazó a la conducción de l nosocomio para que en ese término "se les otorgue turno a todas las personas que concurren para su atención, evitando los perjuicios de las largas esperas, especialmente de ancianos, embarazadas, madres con hijos lactantes y enfermos a quienes perjudique dicha larga espera".
El juez penal Jorge Bustamante hizo así "lugar a la acción de amparo" promovida hace varios meses por Héctor Chiaradia. Este vecino asumió una lucha particular por la atención del Hospital Artémides Zatti, que incluyó un amparo por "la falta de médicos y atención de gran porcentaje de pacientes", asignando "responsabilidad a funcionarios públicos del nosocomio, de Salud Pública, del gobierno de la provincia y de los legisladores".
Es de destacar que "Río Negro" denunció esta situación que se repite en varias ciudades rionegrinas donde los enfermos concurren a las 4 de la madrugada para conseguir un turno.
En su fallo, el magistrado recuerda el descargo del director, Alejandro Marenco, que admite que por la "demanda creciente, por momentos incesante, el hospital puede circunstancialmente verse saturado en su demanda, más aún cuando el recurso humano, sobre todo en especialidades críticas, es escaso, aún en el medio privado ..." Tras defender el instrumento jurídico, Bustamante advierte que se violan los derechos a la salud (artículo 59 de CP) y a la dignidad humana (artículo 16 de la CP).
Bustamante emplazó a la conducción del Hospital a que arbitre "los medios necesarios para cubrir la demanda insatisfecha de atención a la salud, ya sea incorporando personal o con mayor cantidad de horas médicas de trabajo o con la reorganización que considere pertinente, pero que cubran las necesidades de la población".
"La salud -reiteró el artículo 59- es un derecho esencial y un bien social que hace a la dignidad humana. Los habitantes de la provincia tienen derecho a un completo bienestar psicofísico y espiritual, debiendo cuidar su salud y asistirse en caso de enfermedad". Luego, Bustamante agregó que los términos "derecho esencial", "bien social" y "dignidad humana", por un lado, y "bienestar psicofísico y espiritual", por otro, no fueron incorporados como meras frases demagógicas". "Son principios esenciales que expresamente se han incluido en la Constitución para que cumplamos", sino sería "un panfleto demagógico y una burla para los habitantes". Explicó que su violación conlleva responsabilidad moral, ética y judicial.
En otro párrafo, Bustamante manifestó que "los rionegrinos deben ser atendidos en sus problemas de salud en forma adecuada". Aclaró que "no es prorrogando la atención al enfermo hasta el momento que tengan un turno libre, el que puede ser por varios días e inclusive semanas, no es obligando a realizar colas a ancianos enfermos casi a la madrugada, para sacar un turno para poder ser atendido varias horas después". Resaltó que "esas conductas violan la dignidad humana de las personas necesitadas de atención de salud".
Bustamante entendió que "dicha situación se deriva de un estado de crisis pero esos enfermos no han sido culpables de la misma y no tienen por qué pagar sus consecuencias, y menos aún en el estado en que se encuentran".
En otra parte, el magistrado manifestó que las autoridades asumen las falencias porque no dan "respuestas suficientes a las necesidades de los ciudadanos -falta de infraestructura y de médicos-, agravándolo injustificadamente con un trato indigno".
El juez reconoció el esfuerzo humano y las mejoras en el edificio pero aclaró que "no alcanzan para cumplir con el precepto constitucional".
   
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