Sábado 21 de abril de 2001 | ||
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No se harán tatuajes a menores en San Martín |
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Por ordenanza, necesitarán autorización de los adultos. |
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SAN MARTIN DE LOS ANDES (ASM) - Las prácticas por tatuajes y la inserción de anillos y otros objetos en el cuerpo humano conocida como "piercing" sólo podrán realizarse aquí en locales habilitados y bajo el cumplimiento de estrictas normas de seguridad. Tanto el tatuaje como el piercing estarán vedados a menores de 18 años, que sólo podrán contratar el servicio con la autorización por escrito de un adulto responsable. Así lo aprobó el Concejo Deliberante mediante una ordenanza que reglamenta esa actividad en San Martín de los Andes. Los incumplimientos se pagarán con multas que van de los 80,5 a los 2.415 pesos, según el valor de los puntos municipales para la aplicación de sanciones por parte de la justicia de faltas. Por caso, el "piercing" era desarrollado habitualmente en la plaza de artesanos, en plena vía pública y sin controles. En los fundamentos de la ordenanza aprobada en la última sesión, se sostiene que las aplicaciones por tatuajes o piercing presentan un riesgo para la salud y la integridad física de las personas, debido a la posibilidad de contagio de enfermedades a través de la sangre. En consecuencia, los locales comerciales destinados a la "decoración" del cuerpo humano deben garantizar la prevención de riesgos sanitarios, tanto para los usuarios como para el personal. Según la normativa, los locales o establecimientos que realicen tatuajes o piercing tendrán 30 días para adecuar sus instalaciones, a partir de la promulgación de la ordenanza. Para obtener la licencia comercial, los titulares o responsables del local en este rubro tendrán que cumplir con diversos requisitos, tales como contar con un módulo sanitario completo y en funcionamiento e inscribirse en el registro municipal de generadores de residuos patógenos. El personal que sea responsable de las prácticas deberá contar con libreta sanitaria actualizada, vacunación contra hepatitis B y tétanos e indumentaria adecuada para tal función. En todos los casos deberá utilizarse material descartable para las prácticas de tatuajes y piercing, que deberá ser previamente desinfectado antes de su disposición final como residuo patógeno. Las medidas de esterilización deberán ser aprobadas por las autoridades sanitarias competentes. Como se apuntó, es requisito indispensable ser mayor de 18 años para contratar el servicio. De no ser así, el peticionante deberá presentarse con el padre, madre, tutor o encargado quien deberá dejar una autorización por escrito en el local, especificando la aplicación que requiere. El control y fiscalización de la actividad estará a cargo de la Dirección de Bromatología y/o el cuerpo de Guardas Ambientales del municipio, con la colaboración de autoridades sanitarias de la provincia (Zona Sanitaria IV) . Foto: La práctica del tatuaje puede ser vía de contagio de muchas enfermedades si no se toman todas las precauciones. |
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