Sábado 28 de abril de 2001 | ||
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El 20% de los jubilados llegó a la Corte Suprema |
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En enero pasado, el Tribunal Superior de Justicia había determinado que no se podía descontar sus haberes porque constituyen un derecho adquirido. Ahora, el máximo estamento judicial neuquino declaró admisible la apelación del Instituto de Seguridad Social ante la Corte Suprema de Justicia. El hecho crea un precedente para otras causas iniciadas por los pasivos. |
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NEUQUEN (AN).- Los cientos de jubilados provinciales que ganaron juicios contra la caja previsional de la provincia por el descuento en sus haberes tendrán que seguir litigando contra el Estado neuquino pero en la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El Tribunal Superior local acaba de admitir la apelación de la causa original que inició la cascada de demandas posteriores. No es común que el TSJ admita la apelación ante la Corte de un fallo suyo sobre asuntos administrativos provinciales. De hecho, no lo permitió cuando estaba en juego la demanda por la intangibilidad de los sueldos que un puñado de jueces le ganó a la provincia por un monto de 18.000.000 de pesos. La sentencia que condena al Instituto de Seguridad Social (ISSN) y que ahora será revisada por la Corte Suprema es de enero de 2000. Fue iniciada por un ex funcionario legislativo de carrera, Miguel Angel Messineo. Los argumentos de Messineo eran que como a sus ex compañeros de la Legislatura no se les había aplicado el descuento del 20% de zona desfavorable, como a los estatales, mal podía deducirse el proporcional de su jubilación. Sin embargo, el tribunal fue más allá y fijó jurisprudencia: el haber de un jubilado es un derecho adquirido y, como tal, intocable. Ello, a pesar de que a los trabajadores en actividad se les redujeran los ingresos y con ello se provocara una merma en los aportes previsionales. Un año más tarde, la misma doctrina se desparramó en una larga lista de sentencias favorables en causas iniciadas al amparo de aquella resolución del "caso Messineo". Inmediatamente el gobierno salió a criticar al Tribunal por la falta de oportunidad en el dictado de las sentencias. Adujo que la caja previsional terminaría de quebrarse con una erogación de este tipo porque, además de restituir el nivel salarial anterior al descuento, la orden era devolver todas las sumas retenidas en los últimos seis años. Mediante sus abogados, el ISSN que conduce Gerardo Hettinger presentó un recurso federal contra el "caso Messineo". Tras varios meses de análisis, el tribunal, por unanimidad, permitió que la provincia tuviera una oportunidad de revertir el fallo en la más alta corte del país. En su apelación, el ISSN habló de la "gravedad institucional" del fallo, que "trasciende el mero interés" de los jubilados. Los efectos de la decisión que tomaron los vocales del tribunal en esta causa y en las siguientes se proyecta "hacia el conjunto de los afiliados, aportantes y beneficiarios actuales y futuros", se quejó el instituto. "El fallo resulta de una gravedad tal que implica la virtual derogación" del artículo de la ley de creación del ISSN que consagra la movilidad de la jubilación. Pero el gobierno, que es el que administra el ISSN, no sólo habla de inseguridad jurídica, sino de la inseguridad social que crearía un aumento de este tipo en las jubilaciones al desequilibrar financieramente la caja previsional. El tribunal admitió la apelación ante la corte sobre la base de la acusación de "arbitrario" que le hizo el gobierno al fallo. La admisión de esta apelación abre la puerta para que el resto de las causas iniciadas por los jubilados neuquinos obtengan el mismo destino: la Corte Suprema. Hasta que sus ministros resuelvan el tema, la caja previsional continuará pagando los haberes con los descuentos efectuados en 1996. El autor de la demanda inicial NEUQUEN (AN) - Miguel Angel Messineo es el jubilado que inició la serie de demandas exitosas contra el Instituto de Seguridad Social (ISSN). Desde los más bajos puestos administrativos hasta la prosecretaría parlamentaria de la Legislatura, este hombre le dedicó buena parte de su vida a la función pública. |
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