Martes 10 de abril de 2001 | ||
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Sobreseen a Mántaras por el paso del tiempo
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Es por los incumplimientos que se le imputaron en la nota "El señor Mántaras", publicada por este medio. El juez no arriesgó sobre su autoría. Sólo dijo que la figura imputada prescribió. |
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VIEDMA (AV).- El procurador general del Poder Judicial, Hugo Mántaras, fue sobreseído por prescribir los delitos que se le imputaban. Así lo resolvió el juez Penal Jorge Bustamante al considerar que prescribieron las imputaciones contra el funcionario judicial por "encubrimiento, omisión de persecución y violación de los deberes de funcionario público" en concurso ideal. Esos cargos le habían sido atribuidos por Julio Rajneri en la nota periodística que con su firma fue publicada por "Río Negro" bajo el título "El señor Mántaras". En la resolución, Bustamante destacó que las figuras penales correspondientes a las faltas atribuidas al funcionario tienen una escala de penas cuyo máximo es de tres años de prisión y que su plazo se ha cumplido con exceso sin que se hayan verificado actos intrruptivos de la prescripción, habiendo operado el plazo prescriptivo que fijan las figuras penales examinadas. Bustamante tomó tal decisión, teniendo en cuenta que los hechos mencionados en la nota periodística ocurrieron en Viedma entre el "93 y el "97, la clase y el monto de la pena de los delitos imputados. La prescripción declarada generó el sobreseimiento de Mántaras, en base a lo que establece el inciso cuarto del artículo 307 del Código Procesal Penal de Río Negro que fija cuatro posibilidades para dictar el sobreseimiento. La causa se inició a pedido del propio Mántaras tras la publicación de una nota de "Río Negro" en la que se cuestionó su actitud frente a investigaciones judiciales relacionadas a la compra de aviones para SAPSE; a las empresas Lahusen y Tiacfil por presuntas irregularidades en el ex-Banco de la Provincia de Río Negro y a la existencia de una Mesa de Dinero en Buenos Aires por medio de la que se habrían pagado inexistentes servicios supuestamente prestados con cargo al ministerio de Economía de Río Negro. A fines del año pasado y a pocos días que se le venciera el plazo, Mántaras planteó ante la Justicia y la Legislatura la acción vindicatoria a la cual lo obliga la Constitución, respecto del artículo publicado por "Río Negro" el 15 de abril de ese mismo año titulado "El señor Mántaras" en el que se cuestionó su desempeño frente a la investigación de distintas causas sobre presuntos actos de corrupción. El artículo 56 de la Constitución provincial establece que "todo agente público a quien se le impute delito cometido en el desempeño de sus funciones está obligado a acusar para vindicarse, en un plazo no mayor de seis meses del conocimiento de la imputación, bajo pena de destitución". La nota periodística fue publicada cuando Mántaras era nombrado como uno de los posibles candidatos a cubrir una vacante de juez en el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia. El artículo no buscaba su imputación penal, sino que recordaba lo que este medio ya había publicado sobradas veces respecto de inacciones del procurador en su rol de jefe de los Ministerios Públicos. Lo hacía al describir las razones por las cuales el autor de la nota consideraba inadecuada su designación como juez del máximo organismo judicial. Además de su acción vindicatoria, en aquellas oportunidad Mántaras envió una nota al vicegobernador, Bautista Mendioroz, a los fines de someter su conducta al análisis de la Sala Acusadora de la Legislatura, en relación con esta misma publicación, en la que señaló "se hace referencia a un presunto "claro rol de encubrimiento" en que habría incurrido el Procurador General y los fiscales en diferentes causas judiciales vinculadas a casos de corrupción". Añadió que en el artículo periodístico "se describen imaginarias maniobras de mi parte para desalentar el accionar de los fiscales en la causa penal relativa a irregularidades en el ex-BPRN, aún en trámite. |
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