Lunes 26 de marzo de 2001 | ||
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Corte Interamericana invalida leyes de amnistía |
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Se aplicó para Perú, pero alcanza a la Argentina.Contribuye a sostener el fallo del juez Cavallo. | ||
La Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró que las amnistías de graves violaciones a los derechos humanos "no tienen validez, carecen de efectos jurídicos y no pueden impedir en ningún caso las investigaciones, juicio y castigo de los responsables". La decisión del máximo tribunal en materia de derechos humanos americano se aplica a dos leyes de amnistía sancionadas en Perú, pero su aplicación se vuelve "obligatoria para los tribunales argentinos y contribuye a sostener los argumentos utilizados por el juez (Gabriel) Cavallo". Así lo sostiene el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), que dio a conocer el fallo dictado esta semana para anular la amnistía decretada en Perú en los casos de graves violaciones a los derechos humanos ocurridas entre 1980 y 1995. La Corte Interamericana consideró que "las leyes de amnistía conducen a la indefensión de las víctimas y a la perpetuación de la impunidad, por lo que son manifiestamente incompatibles con la letra y el espíritu de la Convención Americana de Derechos Humanos". Según el CELS, "el fallo de la Corte coincide absolutamente con los argumentos del juez Cavallo" quien recientemente declaró la nulidad de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida y que resulta "obligatorio para los tribunales argentinos que deben regirse por la interpretación que ésta hace de la Convención Americana". "La propia jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha establecido que los tribunales argentinos deben seguir la jurisprudencia de la Corte, con sede en Costa Rica", aclaró CELS. La Corte Interamericana emitió ese fallo en el caso peruano conocido como Barrios Altos (Chumbipuma Aguirre y otros vs. Perú) en el que se denunciaba el ataque a 15 personas que murieron acribilladas en 1991, en un operativo "anti-subversivo" impulsado y ejecutado por un "escuadrón de eliminación" denominado "Grupo Colina", que dependía del servicio de inteligencia militar del Ejército de Perú. Según reseño el CELS, las víctimas habitaban un humilde inmueble ubicado en el vecindario Barrios Altos, en Lima, y, al momento de la irrupción de los militares, realizaban una fiesta con el fin de recaudar fondos para reparar el edificio. El episodio terminó con el acribillamiento en público de 15 personas y otras cuatro gravemente heridas. El gobierno peruano impidió la investigación del caso y, en forma paralela, el Congreso sancionó las leyes que concedieron la amnistía a los responsables de todas las violaciones a los derechos humanos cometidas entre 1980 y 1995. En su fallo, la CIDH declaró que las leyes de amnistía carecían de efecto jurídico y que el Estado peruano debía investigar los hechos para determinar las personas responsables de los delitos, divulgar públicamente los resultados de la investigación y sancionar a los culpables. La Corte Interamericana advirtió en su resolución que "son inadmisibles las disposiciones de amnistías y de prescripción, y el establecimiento de excluyentes de responsabilidad que pretenden impedir la investigación y sanción de los responsables de las violaciones graves de los derechos humanos, tales como la tortura, las ejecuciones sumarias, extralegales o arbitrarias, y las desapariciones forzadas". El fallo también aseguró que "las leyes de amnistía conducen a la indefensión de las víctimas y a la perpetuación de la impunidad. Amplían informe sobre la represión Los centros clandestinos de detención durante la última dictadura militar fueron 651, casi el doble de los detectados hace 17 años por la Comisión Nacional de Desaparición de Personas (Conadep), según lo determinó una investigación de la Subsecretaria de Derechos Humanos. La recopilación de la nueva información será presentada en un informe conocido como Conadep II, que fue elaborado con 1774 legajos nuevos y más de 750 mil documentos. De acuerdo a la investigación, se comprobó la existencia de 286 nuevos centros de detención, que se suman a los 356 que se conocían por el informe realizado en 1984 y que constituyó el libro "Nunca Más". La información fue recopilada por un grupo de más de 80 personas bajo la supervisión de la Subsecretaría de Derechos Humanos. La investigación tomará además la forma de un libro. La intención de la subsecretaría era difundir el resultado del trabajo para este fin de semana, con el fin de coincidir con los 25 años del golpe de Estado de 1976, pero la digitalización de la información demoró su salida para dentro de unos meses. Los datos obtenidos muestran también que se amplió el número de casos comprobados de personas desaparecidas. El informe original determinó 8.960 personas desaparecidas y 2.510 personas vistas en centros de detención. A estas cifras se les sumarían 1.447 nuevos casos, aunque resta procesar los datos. |
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